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Mensaje por Natiprin Miér Jul 30, 2008 4:26 pm

Tengo una gran duda antes de completar los datos y enviar la solicitud a algunos de los sistemas de calulo, que quiero sacar una inquietud. Sra pensionada por viudez en agosto de 1982 con asignacion mensual de Siete Millones Ochoscientos Cincuenta y Nueve Mil Sesenta y Tres Pesos($7.859.063) por ley de la Provincia de San Juan 4266 y teniendo en cuenta los ultimos 5 años trabajados. Luego de acordado el beneficio la sra se da cuenta que no le habian reconocido aportes de otro trabajo, univ de san juan, entonces le vuelven a calcular el haber, a modo de reajuste en $22.147.347 tomando en cuenta tambien los ultimos 5 años trabajados, es decir, se modifica y reliquida el haber. Mi pregunta es la siguiente: Que ley debo aplicar para solicitar el reajuste, 18037 o la ley provincial 4266? es posible solicitar un reajuste y como debo ingresar las remuneraciones de los ultimos 5 años, las posteriores o las originarias? Estare muy agradecida si me contestan, ya que tengo muchas dudas al respecto. Gracias!!!!!!!

Natiprin

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Mensaje por Rocio Jue Jul 31, 2008 6:04 pm

En mi opinion es un beneficio otorgado por una caja provincial, no creo que puedas usar la 18037 ni ninguna ley nacional...tenes que ir a preguntar a la caja en donde se jubilo.

Rocio

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