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Mensaje por princeps1 Vie Nov 13, 2009 5:00 pm

hoy consulté en la udai de tucuman y me dijeron que SDM como autonomo o relacion de dependencia se hace verificacion por la circular 53/08, que corria el riesgo de que se deniegue si no se puede verificar. Ahora bien, como dijo un colega del foro, si todos sabemos que tanto esto como la moratoria son medios para acceder al beneficio, no entiendo la ipocrecía de querer verificar lo que ellos saben que no es cierto, de lo contrario la gente no tendría necesidad de pagar al contado si se supone que lo trabajó, con la certificacion es suficiente, despues que se las arregle anses-empleador-afip si no hizo aportes.
El orden era 1ª - ley 2ª-circular? No se puede hacer caer esta circular por ser inferior a la ley?
Quiero iniciar unRTI me faltan 37 meses para llegar a los 30, si le hago pagar a mi cliente, que lo haria con $43, y me lo deniegan, me devuelven?

princeps1

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circular 53/08 Empty Re: circular 53/08

Mensaje por agostina Vie Nov 13, 2009 5:28 pm

bueno deberias decirle a tu cliente qeu hay un riesgo, qeu debe buscar alguien que sea empleador a fin de si hay verificacion este avisado. Tambien esta el tema de los intereses, que en el de 43 los intereses lo debe el causante y en el de 55 el empleador, por lo que si le aceptan el tramite deberia abonar si o si el interes por el bien dle empleador. otra es qeu empiece a abonar ahora para llegar a la regularidad, pero ojo con las enfermedades preexistentes.
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