jubilación con exceso de edad para extranjera
3 participantes
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jubilación con exceso de edad para extranjera
Hola a todos, bueno quisiera consultarles, si este tema puede estar resuelto de esta manera. Si no,me parece no tiene solución.
Se trata de sra de origen español pero con pasaporte uruguayo, que ha ingresado y salido varias veces del país y viceversa ,pero ha fijado su entrada al pais. y esta asentado en su DNI con fecha 27/03/1981.
nació en fecha : 3 de agosto de 1932. No tiene ningún aporte.
Armando del plan:
Desde el 04/1981 al 09/1993 12 años y
del 04/ 1984 al 09/1991 7 x DDJJ 7
art.19 8
total 27 y completo 3 años
por SDM para obtener los 30 años que se requieren. Estará bien. o inventé algo. gracias por contestar.
Se trata de sra de origen español pero con pasaporte uruguayo, que ha ingresado y salido varias veces del país y viceversa ,pero ha fijado su entrada al pais. y esta asentado en su DNI con fecha 27/03/1981.
nació en fecha : 3 de agosto de 1932. No tiene ningún aporte.
Armando del plan:
Desde el 04/1981 al 09/1993 12 años y
del 04/ 1984 al 09/1991 7 x DDJJ 7
art.19 8
total 27 y completo 3 años
por SDM para obtener los 30 años que se requieren. Estará bien. o inventé algo. gracias por contestar.
Graciela- Cantidad de envíos : 79
Fecha de inscripción : 26/08/2008
Re: jubilación con exceso de edad para extranjera
Hola Graciela!me parece q te pasas con el art. 3 de dd jj ,para mi seria 04/1984 -03/1991...me equivoco?
Última edición por estudioprevisional el Lun Sep 29, 2008 5:53 pm, editado 1 vez
estudioprevisional- Cantidad de envíos : 69
Edad : 45
Fecha de inscripción : 30/05/2008
Re: jubilación con exceso de edad para extranjera
el plan lo armaste asi?
Sicam :12 años y 6 meses tendrias tomando 04/1981-09/1993
la dd jj como te lo marque antes
y exceso : 8 años
sdm: 3 años
total : 23 años y 6 meses
te faltan:6 años y 6 meses
Me parece q vas a tener que comprarle mas de servicio domestico,esta bien asi o meti la pata?
Sicam :12 años y 6 meses tendrias tomando 04/1981-09/1993
la dd jj como te lo marque antes
y exceso : 8 años
sdm: 3 años
total : 23 años y 6 meses
te faltan:6 años y 6 meses
Me parece q vas a tener que comprarle mas de servicio domestico,esta bien asi o meti la pata?
estudioprevisional- Cantidad de envíos : 69
Edad : 45
Fecha de inscripción : 30/05/2008
Re: jubilación con exceso de edad para extranjera
Disculpame que tengo una duda gigantesca, que pasa con los siete años por DDJJ no se los tiene en cuenta, asi cumpliría con los 30 requeridos. En cuanto al periodo tomado, está bien como me lo decis, me aclarás por favor! gracias,
Graciela- Cantidad de envíos : 79
Fecha de inscripción : 26/08/2008
Re: jubilación con exceso de edad para extranjera
Graciela:lo primero es constatar si desde el año 81 a la fecha no salio mas del pais...ya que hacen cruce con migraciones...
Suponiendo que no haya salido, esta bien que computes 8 años de exceso de edad.
Si compras desde el 4/81 al 9/93 como te indica Gabriela tenes 12 años y 6 meses mas, en total: 20 años y 6 meses...
Te estan faltando para abonar fuera de la motatoria 9 años y 6 meses...que los tenes que comprar de contado.
En relacion a la cantidad de años de DDJJ, recien podremos saberlo cuando decidas como vas a comprar los 9 años y 6 meses que te faltan, ya que recien ahi sabremos cual sera el ultimo mes y año comprado para de terminar la cantidad de años de ddjj que podes tomar...si lees el art.38 ley 24241 te lo indica conforme al año de cese...
ARTICULO 38º. - Para el cómputo de los años de servicios con aportes requeridos por el artículo 19 para el logro de la prestación básica universal, sólo podrán acreditarse mediante declaración jurada, como máximo, la cantidad de años que a continuación se indican, según el año de cese del afiliado:
Suponiendo que no haya salido, esta bien que computes 8 años de exceso de edad.
Si compras desde el 4/81 al 9/93 como te indica Gabriela tenes 12 años y 6 meses mas, en total: 20 años y 6 meses...
Te estan faltando para abonar fuera de la motatoria 9 años y 6 meses...que los tenes que comprar de contado.
En relacion a la cantidad de años de DDJJ, recien podremos saberlo cuando decidas como vas a comprar los 9 años y 6 meses que te faltan, ya que recien ahi sabremos cual sera el ultimo mes y año comprado para de terminar la cantidad de años de ddjj que podes tomar...si lees el art.38 ley 24241 te lo indica conforme al año de cese...
ARTICULO 38º. - Para el cómputo de los años de servicios con aportes requeridos por el artículo 19 para el logro de la prestación básica universal, sólo podrán acreditarse mediante declaración jurada, como máximo, la cantidad de años que a continuación se indican, según el año de cese del afiliado:
1994 7 años
1995 7 años
1996 6 años
1997 6 años
1998 5 años
1999 5 años
2000 4 años
2001 4 años
2002 3 años
2003 3 años
2004 2 años
2005 2 años
2006 1 años
2007 1 años
Rocio- Cantidad de envíos : 1831
Fecha de inscripción : 30/04/2008
Re: jubilación con exceso de edad para extranjera
Rocio con razón sos moderadora, !!!que clase me diste!!!!, la verdad toda una profesora. Te agradezco mucho porque la confusión había sido grande!!.Ojalá puedan aprovecharlo otros que quizás no estén tan desorientados como yo. Me guardo el recuadro y lo pondré en práctica. Reiteradas gracias.
Graciela- Cantidad de envíos : 79
Fecha de inscripción : 26/08/2008
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