No me dan los años?
3 participantes
SOLO PREVISIONAL :: Derecho Previsional :: Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas
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No me dan los años?
Hola gente,
Sí la persona trabajó en RRDD entre 17/05/71 y el 27/02/75, en sicam pongo desde los 18 años hasta 05/1971 y desde 03/1975 en adelante, pero no me dan los calculos, debo considerar 02/1975 o 06/1971?
Me confundo por el tema de los días.
Saludos
Sí la persona trabajó en RRDD entre 17/05/71 y el 27/02/75, en sicam pongo desde los 18 años hasta 05/1971 y desde 03/1975 en adelante, pero no me dan los calculos, debo considerar 02/1975 o 06/1971?
Me confundo por el tema de los días.
Saludos
msuarez- Cantidad de envíos : 7
Fecha de inscripción : 05/01/2010
Re: No me dan los años?
hola, los periodos donde trabajo en rel de dep no lo compres ya qeu los tiene aportado.-De esa manera no deberias tener problema.-
agostina- moderador
- Cantidad de envíos : 1422
Localización : Córdoba Capital
Empleo /Ocios : Abogada
Fecha de inscripción : 17/09/2008
Re: No me dan los años?
agostina escribió:hola, los periodos donde trabajo en rel de dep no lo compres ya qeu los tiene aportado.-De esa manera no deberias tener problema.-
Hola agostina, no los estoy comprando, los estoy salteando del sicam, mi pregunta viene porque me falta un mes para que me cierre el sicam, estoy en la duda si comprar por sicam hasta junio del 1971 ya que empezó a trabajar el 17 de mayo pero en junio sólo tiene la mitad de los aportes, por lo que me correspondería comprar el mes o por el contrario comprar desde febrero de 1972, ya que en realidad terminó de trabajar el 27 de febrero de ese año, por lo que en sí tampoco estaría completo.
Por lógica me inclino más por comprar hasta junio de 1971, pero tranquilamente podría existir una regla al mejor estilo amortizaciones impositivas de extrapolandolo al caso mes de alta y no de baja o mes de baja y no de alta o algúna otra regla.
Por ahí iba la consulta.
Muchas gracias, Saludos.
msuarez- Cantidad de envíos : 7
Fecha de inscripción : 05/01/2010
Re: No me dan los años?
Bueno, replanteandolo llegue a la conclusión de llegar con el sicam hasta 05/1971 y arrancar desde el 02/1975.
La idea que subyace el razonamiento si inicio su trabajo el 17/05 hay 16 días no aportados de mayo, que los compenzaría aportando hasta ese més inclusive y por otro lado al dejar su trabajo el 27/02, tengo 1 sólo día, que lo compenzo iniciando el sicam desde el 02/1975.
Más hallá que los días me sobren si los cuento, al tomar meses para hacer el sicam debo considerar los períodos completo sino no me dan los años.
Dejé de lado el tema de los aporte al pensarlo, porqué el més del efectivo aporte es independiente al del calculo, algo no tan fácil de disociar muchas veces para los que estamos acostumbrados a vencimiento e intereses.
Ya esta presentado, pero si me lo confirman para quedarme tranquilo mejor.
La idea que subyace el razonamiento si inicio su trabajo el 17/05 hay 16 días no aportados de mayo, que los compenzaría aportando hasta ese més inclusive y por otro lado al dejar su trabajo el 27/02, tengo 1 sólo día, que lo compenzo iniciando el sicam desde el 02/1975.
Más hallá que los días me sobren si los cuento, al tomar meses para hacer el sicam debo considerar los períodos completo sino no me dan los años.
Dejé de lado el tema de los aporte al pensarlo, porqué el més del efectivo aporte es independiente al del calculo, algo no tan fácil de disociar muchas veces para los que estamos acostumbrados a vencimiento e intereses.
Ya esta presentado, pero si me lo confirman para quedarme tranquilo mejor.
msuarez- Cantidad de envíos : 7
Fecha de inscripción : 05/01/2010
Re: No me dan los años?
Yo compraría en SICAM hasta 30/04/1971 y arrancaría nuevamente desde 01/03/1975. Si te falta un mes como decís, deja pasar dos meses y compensás por art. 19. Si lo que te falta son más períodos usa SDM.
sandra- gran usuario
- Cantidad de envíos : 508
Localización : Zona Norte GBA
Fecha de inscripción : 08/07/2008
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