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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES

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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES Empty FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES

Mensaje por miliki Lun Oct 19, 2009 4:48 pm

Este fin de semana salio publicado este revolucionario fallo sobre reajustes apoyado en medida cautelar que acelera el proceso a un mes, POR FAVOR SI ALGUIEN LO TIENE PODRA SUBIRLO AQUI ?

miliki

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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES Empty COMENTAARIO AL FALLO CAPA

Mensaje por monicbea Jue Oct 22, 2009 7:46 pm

Estoy buscando el fallo Capa,cuando lo encuentre lo agrego,pero mientras tanto te envío este comentario extraído de un colega en otro portal,espero te sirva,Saludos:
La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social hizo lugar a una demanda de Néstor Capa, un jubilado de 75 años, y ordenó la aplicación inmediata -por vía cautelar- del reajuste de su jubilación en base a la doctrina "Badaro". Esto significa que la ANSES, apele o no este fallo, tiene que reajustarle al jubilado el haber en forma inmediata en más del 50%, al margen de que el juicio prosiga por las diferencias que se adeuden.

Por el fallo Badaro, los haberes previsionales, entre enero de 2002 y diciembre de 2006 deben ajustarse un 88,6%, como evolucionaron los salarios.

En ese lapso la ANSeS otorgó solo dos aumentos generales: del 10% en septiembre de 2004 para los que ganaban menos de $ 1.000 y el 11% en junio de 2006 para todos los jubilados. La diferencia, según los casos, implica una ajuste de hasta el 54,5% ó 69,9%, según la fecha de jubilación.

Como se trata de una medida cautelar, aunque la ANSeS apele el fallo y la causa pase a la resolución de la Corte Suprema, el organismo previsional tiene que cumplir la sentencia. Es la primera vez que la Justicia de la Seguridad Social se expide de esta forma.

El caso tiene gran trascendencia porque a partir de este antecedente se descuenta que decenas miles de jubilados van a presentar un reclamo similar al de Capa. Se estima que un millón de jubilados y pensionados cobran menos de lo que surgiría si se les aplicara el mismo ajuste que a Badaro.

Así, en lugar de tener que esperar varios años hasta lograr una sentencia favorable, ahora con este antecedente esos jubilados pueden obtener el reajuste de sus jubilaciones en apenas pocas semanas, mientras prosigue el juicio por la retroactividad y el fondo de la cuestión.

La novedad es que en lugar de un reclamo ordinario, Capa -que cuando se presentó a la Justicia el año pasado cobraba una jubilación de $ 1.143,50- pidió en la demanda una "medida cautelar innovativa". Argumentó que los tiempos normales procesales dejaban abierta "la posibilidad de no hallarse con vida cuando la justicia le reconozca la integridad de su preciado derecho alimentario", además de vulnerar "los derechos humanos a la subsistencia, a la salud, a la alimentación, a la satisfacción de sus necesidades básicas, en definitiva, a su calidad de vida digna".

En primera instancia, la Justicia rechazó la demanda señalando que por la "complejidad de la causa el trámite debía recorrer "las etapas normales del proceso".

Capa apeló el fallo y el caso pasó a la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social que ayer, por 2 votos a 1, le dio la razón al jubilado.

En su voto, el juez Luis Herrero sostuvo que "es público y notorio el irrazonable tiempo que insume el proceso previsional y el grave daño que esta demora le propina al derecho de naturaleza alimentario del jubilado". Y agregó que concederle la vía cautelar "entraña una respuesta lógica y honesta de la justicia" ante "la grave situación de colapso que aflige al fuero federal de la seguridad social en todas sus instancias, como derivación del pertinaz incumplimiento por parte de la ANSeS de la actualización de los haberes de los jubilados por el período 2002 a 2006, ordenada por el Alto Tribunal de la Nación en la causa "Badaro, Adolfo Valentín" (ver página 4).

También, en su voto, el juez Emilio Lisandro Fernández sostuvo que "la exigencia de una justicia efectiva y rápida, principio elemental de toda materia sometida a litigio, cobra especial relevancia en el caso de los pasivos, donde el transcurso del tiempo es un factor trascendente y constituye un elemento esencial de la decisión judicial. De nada sirve el ajuste de un haber previsional, cuando ya no exista quien habrá de recibirlo". Y agregó que autorizar el ajuste por la vía cautelar, no hace más "que permitir una adecuación del beneficio a parámetros equitativos y pacíficamente aceptados".

En cambio, la camarista Nora Carmen Dorado votó en contra de otorgar la vía cautelar con el argumento de que Capa percibe una jubilación, "es decir, no se encuentra marginado del sistema" y está en discusión si le corresponde o no algún incremento. Y que otorgarle la cautelar configuraría "un anticipo de jurisdicción favorable respecto de la decisión final que recaiga en la causa".

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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES Empty Re: FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES

Mensaje por PACHU Sáb Oct 24, 2009 6:48 am

hola:

Se que el Fallo Capa esta en la biblioteca adjunta de:

previsional.forosactivos.net/


saludos
PACHU
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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES Empty Re: FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES

Mensaje por markello Miér Nov 04, 2009 12:04 am

Estemos en contacto y ver si CAPA logra percibir y CUANTO, segun jauregui cobrara algo asi como 35 pesos de reajuste.
O al menos veamos que dice la corte.
slds

markello

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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES Empty Re: FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES

Mensaje por MARIMO Miér Nov 04, 2009 8:48 am

Capa era un ferroviario, que mínimamente cobran un mínimo ferroviario o más. Asi que la diferencia es menor.

saludos

MARIMO

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FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES Empty Re: FALLO: CAPA NESTOR C/ANSES S/REAJUSTES

Mensaje por markello Miér Nov 04, 2009 9:38 am

cierto es la actividad que desempeñaba capa, pero mas cierto es que percibia un poco mas de 1000 pesos en esa epoca, por lo que encuadraba bajo la movilidad del badaro por lo que, el haber que debe percibir debe ser importante aunque jauregui diga que solo son 35 pesos, solo digo que hay que esperar.
Lo que si comparto con jauregui es que la medidad cautelar no trae ventajas para quienes no obtuvieron el beneficio antes del 2002, para los docentes, para los que cobran un monto de haber muy alto (por lo que caerian en los topes maximos, etc.). El hecho que sea ferroviario y cobrara el minimo ferroviario no es obice para que el aumento sea tan bajo (35$ segun jauregui).
Por eso repito, hay que esperar que capa perciba el reajuste y desde alli hacer una valoración.
Por cierto, los que hoy cobran minima tambien quedarian excluidos.
Siempre hay que ver que situacion tenia el jubilado en el año 2002 y ver si realmente puede ser alcanzado por los fundamentos vertidos por la camara en el caso capa.
Por ultimo, veamos que dice la corte, quizas rechace la opinion de la camara.
slds

markello

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