jubilacion chileno
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jubilacion chileno
hola Agos.. como va?
t comento, tengo q armar la jubilacion de un sr. q tiene 65 años recien cumplidos pero me comento q tiene 10 años de aportes en chile... como debo hacer p/tenerselos en cuenta
gracias
Miriam
t comento, tengo q armar la jubilacion de un sr. q tiene 65 años recien cumplidos pero me comento q tiene 10 años de aportes en chile... como debo hacer p/tenerselos en cuenta
gracias
Miriam
miriam- Cantidad de envíos : 150
Localización : Balcarce
Empleo /Ocios : gestora
Fecha de inscripción : 07/03/2009
Re: jubilacion chileno
JUBILACIONES: COMPUTARÁN APORTES EN OTROS PAÍSES DE LA REGIÓN PARA PODER JUBILARSE
A partir de ahora, y por un convenio de Seguridad Social del Mercosur, para reunir los 30 años de aportes mínimos para jubilarse, la Argentina reconocerá los años trabajados en otros 10 países, entre los que figuran Estados Unidos, Bolivia, Canadá, Israel y Colombia.
Así, mucha gente que por razones políticas, económicas o laborales dejó la Argentina y trabajó en el exterior tendrá más chances de acceder a la jubilación.
Este reconocimiento será válido para tramitar jubilaciones ordinarias y por edad avanzada y pensiones de invalidez y fallecimiento.
La semana pasada se reunieron en Brasilia representantes de la Seguridad Social del Mercosur, y determinaron que en cada país del bloque regional "serán computables los servicios prestados en otro Estado que hubiera celebrado convenios bilaterales o multilaterales con cualquiera de los Estados partes".
Así, los convenios de reciprocidad de Brasil, Paraguay y Uruguay con terceros países pasan a ser admitidos por la Argentina.
Esos países son Bolivia, Canadá, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Israel, Luxemburgo, Suiza y Cabo Verde.
En tales casos, puede computarse la cantidad de años aportados en esos países, pero la jubilación se calculará solo por los aportes hechos en la Argentina.
Por ejemplo, si una persona trabajó 10 años en Canadá y 20 años en la Argentina, podrá jubilarse porque tendrá los 30 años de aportes. Pero mientras la Prestación Básica se calculará por los 30 años, el resto del haber jubilatorio tomará en cuenta sólo los 20 años aportados aquí.
A su vez, la Argentina tiene convenios bilaterales de reciprocidad con Chile, España, Italia, Portugal, Grecia y los países socios del Mercosur, incluida ahora Venezuela.
En esos casos, además de reconocer los años trabajados, la jubilación final tomará en cuenta todos los aportes y se calculará en proporción a los aportes hechos en cada país.
Por ejemplo, si una persona trabajó 10 años en Italia y 20 años en la Argentina, se le reconocerán los 30 años de servicios y el haber total sumará la proporción de lo aportado en Italia y en la Argentina.
A la hora de pedir la jubilación, el trabajador deberá presentar en la ANSeS la documentación del empleo en el exterior para que lo remita al país declarado para que valide los servicios.
Con esos servicios reconocidos más los del país, el trabajador cobrará la jubilación en la Argentina.
En la actualidad los servicios son probados por medios documentales. Por lo tanto, quien quiera jubilarse debe aportar las pruebas y certificaciones que se derivan por correo al otro país. Una vez que este país da por válidos esos servicios, retorna a la Argentina, donde se determina el derecho al beneficio.
Por eso es muy engorrosa la aplicación de los convenios de seguridad social.
Según informó la Anses, para mediados de 2007 se harán las pruebas para que toda esa información se realice por medios electrónicos para que tramitar una jubilación en cualquier país del Mercosur demore lo mismo que si fuera tramitado en uno solo de ellos. Y desde comienzos de año se podrá seguir el estado del trámite por Internet.
A partir de ahora, y por un convenio de Seguridad Social del Mercosur, para reunir los 30 años de aportes mínimos para jubilarse, la Argentina reconocerá los años trabajados en otros 10 países, entre los que figuran Estados Unidos, Bolivia, Canadá, Israel y Colombia.
Así, mucha gente que por razones políticas, económicas o laborales dejó la Argentina y trabajó en el exterior tendrá más chances de acceder a la jubilación.
Este reconocimiento será válido para tramitar jubilaciones ordinarias y por edad avanzada y pensiones de invalidez y fallecimiento.
La semana pasada se reunieron en Brasilia representantes de la Seguridad Social del Mercosur, y determinaron que en cada país del bloque regional "serán computables los servicios prestados en otro Estado que hubiera celebrado convenios bilaterales o multilaterales con cualquiera de los Estados partes".
Así, los convenios de reciprocidad de Brasil, Paraguay y Uruguay con terceros países pasan a ser admitidos por la Argentina.
Esos países son Bolivia, Canadá, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Israel, Luxemburgo, Suiza y Cabo Verde.
En tales casos, puede computarse la cantidad de años aportados en esos países, pero la jubilación se calculará solo por los aportes hechos en la Argentina.
Por ejemplo, si una persona trabajó 10 años en Canadá y 20 años en la Argentina, podrá jubilarse porque tendrá los 30 años de aportes. Pero mientras la Prestación Básica se calculará por los 30 años, el resto del haber jubilatorio tomará en cuenta sólo los 20 años aportados aquí.
A su vez, la Argentina tiene convenios bilaterales de reciprocidad con Chile, España, Italia, Portugal, Grecia y los países socios del Mercosur, incluida ahora Venezuela.
En esos casos, además de reconocer los años trabajados, la jubilación final tomará en cuenta todos los aportes y se calculará en proporción a los aportes hechos en cada país.
Por ejemplo, si una persona trabajó 10 años en Italia y 20 años en la Argentina, se le reconocerán los 30 años de servicios y el haber total sumará la proporción de lo aportado en Italia y en la Argentina.
A la hora de pedir la jubilación, el trabajador deberá presentar en la ANSeS la documentación del empleo en el exterior para que lo remita al país declarado para que valide los servicios.
Con esos servicios reconocidos más los del país, el trabajador cobrará la jubilación en la Argentina.
En la actualidad los servicios son probados por medios documentales. Por lo tanto, quien quiera jubilarse debe aportar las pruebas y certificaciones que se derivan por correo al otro país. Una vez que este país da por válidos esos servicios, retorna a la Argentina, donde se determina el derecho al beneficio.
Por eso es muy engorrosa la aplicación de los convenios de seguridad social.
Según informó la Anses, para mediados de 2007 se harán las pruebas para que toda esa información se realice por medios electrónicos para que tramitar una jubilación en cualquier país del Mercosur demore lo mismo que si fuera tramitado en uno solo de ellos. Y desde comienzos de año se podrá seguir el estado del trámite por Internet.
agostina- moderador
- Cantidad de envíos : 1422
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Fecha de inscripción : 17/09/2008
Re: jubilacion chileno
Antes de ponerte a trabajar en esto solicitá al cliente: recibos de aportes en chile, certificacion de servicio, ya que si no tiene aportes reales no trabajes al vicio saludos.-
agostina- moderador
- Cantidad de envíos : 1422
Localización : Córdoba Capital
Empleo /Ocios : Abogada
Fecha de inscripción : 17/09/2008
Re: jubilacion chileno
gracias Agos... me pongo en marcha con eso
besos
besos
miriam- Cantidad de envíos : 150
Localización : Balcarce
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Fecha de inscripción : 07/03/2009
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