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Baja pension

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Baja pension Empty Baja pension

Mensaje por xxime78 Sáb Mar 28, 2009 5:44 pm

Hola!
Quisiera saber como se hace para dar de baja una pension para luego poder sacar la jubilacion con moratoria y SDM.
Lo tengo que dar de baja antes de hacer el sicam?
Muchas gracias!!!

xxime78

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Baja pension Empty Re: Baja pension

Mensaje por Ramón Sáb Mar 28, 2009 8:18 pm

xxime78 escribió:Hola!
Quisiera saber como se hace para dar de baja una pension para luego poder sacar la jubilacion con moratoria y SDM.
Lo tengo que dar de baja antes de hacer el sicam?
Muchas gracias!!!
tendrias que decir que pension es , me imagino que sera una contribuitiva, si es asi le das de baja una ves que te salga aprobada la jub.
Ramón
Ramón
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Baja pension Empty Re: Baja pension

Mensaje por Rocio Dom Mar 29, 2009 3:47 pm

Coincido con Ramon: tendrias que especificar que tipo de pension tiene...asi te podemos orientar correctamente.
Saludos.

Rocio

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Baja pension Empty dar de baja a pensión

Mensaje por xxime78 Sáb Abr 04, 2009 2:12 pm

Hola Rocio.
Es una pensión no contributiva, como hago para darle de baja?? saludos y muchas gracias por la ayuda

xxime78

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Baja pension Empty Re: Baja pension

Mensaje por Rocio Sáb Abr 04, 2009 5:48 pm

Tenes que presentarla en el Ministerio de desarrollo social de tu ciudad...
Te paso parte de la Resolucion
Resolución 62/2006 - Interpretación de Res. 884/2006 (Jubilación Automática para Autónomos). Incluye Anexos

...En cambio, si perciben una pensión graciable o no contributiva deberán optar, con carácter previo, por percibir el beneficio previsional, encuadrado en el marco legal mencionado en el párrafo precedente y solicitar ante el Ministerio de Desarrollo Social (Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales) la baja de la pensión graciable o no contributiva, utilizando para ello el formulario “Opción por el beneficio previsional y solicitud de baja de la prestación graciable o no contributiva — Ley Nº 25.994 (art. 6º) y Ley 24.476 (arts. 8º y 9º), Decretos Nº 1454/05 y Nº 1451/06 y Resolución DE Nº 884/06—” que se aprueba como ANEXO II de la presente y cumplan con el pago de la primera cuota del plan de facilidades que hubiera optado, dentro del plazo estipulado por el artículo 7º de la Resolución DE Nº 884/06.

ANEXO II


Opción por el beneficio previsional y solicitud de baja de la prestación graciable o no contributiva - Ley Nº 25.994 (art. 6º) y Ley 24.476 (arts. 8º y 9º), Decretos Nº 1454/05 y Nº 1451/06 y Resolución DE Nº 884/06-


Lugar y Fecha.......................
Al Ministerio de Desarrollo Social
Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales -


CUIL O CUIT Nº......................
Titular.............................


El que suscribe, titular de una pensión no contributiva o graciable, formula la opción a través de la presente por percibir el beneficio previsional dentro del marco establecido por los artículos 6º de la Ley Nº 25.994, y 8º y 9º de la Ley 24.476, sustituidos por los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 1454/05, que otorgará la Administración Nacional de la Seguridad Social y solicita por ende que ese Ministerio produzca la baja de la pensión no contributiva o graciable que actualmente percibo.
Asimismo, se compromete a cumplir con el pago de la primera cuota del plan de facilidades que he optado, dentro del plazo estipulado por el artículo 7º de la Resolución DE Nº 884/06 (1), tomando conocimiento que, en caso de incumplimiento del pago mencionado, ANSES procederá a efectuar la baja del beneficio previsional que se otorgue.
Artículo 7º de la Resolución DE Nº 884/06 (B.O. 25/10/06) “Déjase establecido que el otorgamiento del beneficio por parte de esta Administración Nacional, queda supeditado al pago total de la deuda o de la cancelación de las cuotas del plan de facilidades respectivo, según corresponda. De no producirse el pago de la misma, quedará suspendido el beneficio por un plazo de dos (2) mensuales contados desde el mensual siguiente al de su inclusión. Cancelada la deuda por parte del interesado dentro del plazo estipulado, se rehabilitará el pago del beneficio con intervención de la UDAI. En aquellos casos en los cuales la deuda no se hubiera cancelado dentro del término establecido, se procederá a la baja de beneficio.”


Firma del Titular..............................
Documento......................................
Domicilio......................................

Rocio

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Baja pension Empty pension no contributiva

Mensaje por xxime78 Sáb Abr 04, 2009 6:47 pm

Hola Rocio:
Muchas gracias por la pronta respuesta, ahora bien, cuando se tiene que dar de baja la pensión, antes de presentar el plan de moratoria nte la afip? o se puede hacer antes de ir al turno de anses? pregunto esto porque el cliente quiere saber si mientras le hago la jubilación el puede cobrar la pensió. saludos

xxime78

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Baja pension Empty Re: Baja pension

Mensaje por Rocio Sáb Abr 04, 2009 9:27 pm

El dia del turno tenes que llevar la constancia de que has presentado el pedido de baja en Desarrollo social (por lo menos en mi pcia es asi). Por lo que yo 1 dia antes del turno les hago ir a presentar la renuncia.
No obstante, por las dudas una vez que pidas el turno y sepas donde te va a tocar, llegate a esa udai y pregunta si tenes que llevar el formulario de la baja ya presentado en desarrollo social ...

Rocio

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Baja pension Empty Re: Baja pension

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