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Mensaje por gaby611 Vie Ago 29, 2008 9:15 am

Buenos dias , alguien me podria explicar en que casos debo aplicar los años que tengo que poner en la DDJJ , no sè en que casos tengo que realizarla por 7años , 6años , 5años , ect. , seria asì ? una persona puede beneficiarse con 7 años de DDJJ cdo tenga 30 años de serv al 94 ò 95 ????
gracias

gaby611

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Mensaje por Rocio Vie Ago 29, 2008 2:31 pm

Buenas tardes Gaby, el art.38 de la ley 24241 prevee la cantidad de años que podes tomar por ddjj de acuerdo a la fecha de cese:
ARTICULO 38º. - Para el cómputo de los años de servicios con aportes requeridos por el artículo 19 para el logro de la prestación básica universal, sólo podrán acreditarse mediante declaración jurada, como máximo, la cantidad de años que a continuación se indican, según el año de cese del afiliado:

1994 7 años

1995 7 años

1996 6 años

1997 6 años

1998 5 años

1999 5 años

2000 4 años

2001 4 años

2002 3 años

2003 3 años

2004 2 años

2005 2 años

2006 1 años

2007 1 años


Si el cese lo tenes en el 94 o 95 podes tomar 7 años.

Rocio

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