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jubilación mixta con dudas

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Mensaje por Esteban Aseguinolaza Mar Jun 10, 2008 12:16 pm

Hola a todos, estaba con un caso de jubilación mixta y me surgió una duda. Es un hombre de 66 años con 16 años en relación de dependencia y desde el´91 hasta hoy tiene MT. Y AUT. La duda me surge que al no tener que mandar moratoria sino solo liquidar en Sicam I no estoy seguro que colocar en "datos para liquidación" si poner jubilación, o libre deuda o reco o cualquiera es lo mismo; y segundo tampoco sé si tengo que completar el ícono "liquidación parcial de deuda" ya que no llego al requisito de aportes con solo el Sicam. Bueno, gracias como siempre.

Esteban Aseguinolaza

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Mensaje por Rocio Mar Jun 10, 2008 3:49 pm

Esteban Aseguinolaza escribió:Hola a todos, estaba con un caso de jubilación mixta y me surgió una duda. Es un hombre de 66 años con 16 años en relación de dependencia y desde el´91 hasta hoy tiene MT. Y AUT. La duda me surge que al no tener que mandar moratoria sino solo liquidar en Sicam I no estoy seguro que colocar en "datos para liquidación" si poner jubilación, o libre deuda o reco o cualquiera es lo mismo; y segundo tampoco sé si tengo que completar el ícono "liquidación parcial de deuda" ya que no llego al requisito de aportes con solo el Sicam. Bueno, gracias como siempre.
Hola Esteban, esta confuso tu planteo:
Fijate lo resaltado en rojo: deberías aclararlo asi te podemos ayudar...
"la duda me surge al no tener que mandar moratoria"...no se porque ponés esto ya que si solo tiene 16 años en rel.de dependencia tenes que comprar por moratoria los años que te faltan hasta llegar a 30 menos exceso edad...
"no estoy seguro que colocar en "datos para liquidación" si poner jubilación, o libre deuda o reco o cualquiera es lo mismo..-." Si vas a tramitarle una jubilación se pone: JUBILACION
"y segundo tampoco sé si tengo que completar el ícono "liquidación parcial de deuda" En mi opinion no tenes que colocar liquidación de deuda parcial, sería parcial si los aportes que tiene (Y estuvieran reconocidos) fuesen de autonomo.

Si interprete algo mal de tus preguntas, por favor aclaralas asi las contestamos bien.

En todo caso publica todos los datos, arma un plan y lo vemos entre todos.
Sds-

Rocio

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Mensaje por Esteban Aseguinolaza Mar Jun 10, 2008 4:01 pm

Rocío, me expresé mal, dije que no tengo que mandar moratoria porque con los 16 años de relación de depandencia más lo que en autónonomo y monotributo ( tengo que pagar solo intereses) me alcanza, lo de "datos para liquidación" me complique solo y tenés razón. Lo de "liquidación parcial de deuda" no sabía bien cuando usarlo y ahora me quedo claro, es decir cuando hay un reco de autónomos. Gracias Rocío

Esteban Aseguinolaza

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Mensaje por Rocio Mar Jun 10, 2008 4:09 pm

OK Esteban, si queres hacerlo lo mismo y publicarlo lo vemos entre todos.
Si el plan no te da deuda no se envia, se imprime detalle de deuda y los 558...
En relacion al pago de intereses tenes que llevar pagos el dia del turno todas las diferencias que surgen (Los formularios son distintos segun el mes y año adeudado y segun sea autonomo o monotributista.
Si queres despues publica que periodos adeudas asi vemos el tema formularios.
Sds.

Rocio

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Mensaje por Esteban Aseguinolaza Mar Jun 10, 2008 4:58 pm

según el detalle debo intereses de monotributo desde el 12/1998 hasta el 04/2007, creo entonces que hasta el 06 /2004 inclusive va el formulario 166 completando con una cruz en ddjj. y en intereses resarcitorios y a partir del 07/2004 va el formulario 155 completando en monotributo autonomo, en ddjj. y en intereses resarcitorios, no?

Esteban Aseguinolaza

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Mensaje por Rocio Mar Jun 10, 2008 10:19 pm

Los formularios y códigos son:

MONOTRIBUTO DESDE 11/1998 AL 06/2004

Formulario 166

INTERESES

Código MT: 10
Impuesto 021
Concepto 019
Subconcepto 051
Período: el mes adeudado


MONOTRIBUTO DESDE 07/2004

Formulario 155
INTERESES

Concepto 019
Subconcepto 051
Período: el mes adeudado

Rocio

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Mensaje por Esteban Aseguinolaza Miér Jun 11, 2008 9:36 am

Gracias Rocío, ahora si fuesen autonomos los períodos adeudados hasta el 07/1994 los intereses van con el formulario 799/E y posteriomente con el 801/E o C ?

Esteban Aseguinolaza

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jubilación mixta con dudas Empty Re: jubilación mixta con dudas

Mensaje por Rocio Miér Jun 11, 2008 3:26 pm

Correcto, y es el 801 E
Sds.

Rocio

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