Me miran este SICAM?
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Me miran este SICAM?
Hola amigos, les cuento que tengo que hacer una jubilación y como aún no tengo mucha experiencia en el tema (acabo de graduarme), quisiera que miren a ver si estoy armándolo bien.
La mujer en cuestión es nacida en septiembre de 1951. Tiene algunos años de aporte (todos en relación de dependencia), pero no alcanza a juntar los 30 años por lo que voy a presentarla en moratoria, optando por la ley 24476.
Sus aportes son los siguientes:
EMPRESA 1: desde el 01/10/1969 hasta el 31/12/1975 (6 años, 3 meses)
EMPRESA 2: desde el 05/2005 hasta el presente (6 años, 6 meses).
Compraría todos los años faltantes (según calculé sería 17 años y 3 meses), iniciando la compra en 01/1976 hasta el 04/1993.
Cargo en el SICAM sus aportes en la empresa 1 y 2, así como también la compra de los años faltantes.
Ella actualmente continúa trabajando, y de hecho su idea es seguir trabajando incluso cuando ya esté jubilada. ¿Estaría en condiciones de aplicar el beneficio del art. 3 de la ley 24476 en este caso? En la UDAI me dijeron que no hay declaración jurada. Alguien tiene idea de qué significa eso? Es porque no puedo aplicar el art. 3 como beneficio o entendí mal?
Otra duda, yo soy el apoderado de esta señora. En casos anteriores, le hice llenar a mis clientes el formulario de solicitud de prestaciones previsionales y la carta poder. Y el día del turno me encargué yo mismo de firmar las hojas del SICAM en representación de ellos, pero en esta otra udai me dijeron que no, que tiene que ir mi clienta. Pero la cuestión es que está enferma, de ahí mis intenciones de querer evitarle la molestia de ir, y además que para qué existe entonces la carta poder y el formulario de solicitud de prestación previsional? Esta pregunta va más que nada orientada a la experiencia que ustedes tengan, porque al ser joven y no tener demasiada experiencia en este tema (pero sí ganas de aprender) tengo temor de que me informen mal. Desde ya mil gracias a quie pueda tenderme una mano. Saludos y buen fin de semana largo a todos!
La mujer en cuestión es nacida en septiembre de 1951. Tiene algunos años de aporte (todos en relación de dependencia), pero no alcanza a juntar los 30 años por lo que voy a presentarla en moratoria, optando por la ley 24476.
Sus aportes son los siguientes:
EMPRESA 1: desde el 01/10/1969 hasta el 31/12/1975 (6 años, 3 meses)
EMPRESA 2: desde el 05/2005 hasta el presente (6 años, 6 meses).
Compraría todos los años faltantes (según calculé sería 17 años y 3 meses), iniciando la compra en 01/1976 hasta el 04/1993.
Cargo en el SICAM sus aportes en la empresa 1 y 2, así como también la compra de los años faltantes.
Ella actualmente continúa trabajando, y de hecho su idea es seguir trabajando incluso cuando ya esté jubilada. ¿Estaría en condiciones de aplicar el beneficio del art. 3 de la ley 24476 en este caso? En la UDAI me dijeron que no hay declaración jurada. Alguien tiene idea de qué significa eso? Es porque no puedo aplicar el art. 3 como beneficio o entendí mal?
Otra duda, yo soy el apoderado de esta señora. En casos anteriores, le hice llenar a mis clientes el formulario de solicitud de prestaciones previsionales y la carta poder. Y el día del turno me encargué yo mismo de firmar las hojas del SICAM en representación de ellos, pero en esta otra udai me dijeron que no, que tiene que ir mi clienta. Pero la cuestión es que está enferma, de ahí mis intenciones de querer evitarle la molestia de ir, y además que para qué existe entonces la carta poder y el formulario de solicitud de prestación previsional? Esta pregunta va más que nada orientada a la experiencia que ustedes tengan, porque al ser joven y no tener demasiada experiencia en este tema (pero sí ganas de aprender) tengo temor de que me informen mal. Desde ya mil gracias a quie pueda tenderme una mano. Saludos y buen fin de semana largo a todos!
dafaher- Cantidad de envíos : 12
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