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Dudas Sicam

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Mensaje por mabelita Vie Jun 17, 2011 6:43 pm

Hola a todos. Les cuento que es la primer vez que voy a liquidar una jubilación por SICAM, pero al respecto tengo algunas dudas. Le estoy haciendo un favor a una persona que le tramitaron la jubilación con moratoria en cuotas, que fue rechazada porque estaba recibiendo una pensión de su esposa fallecida, la cual no iformó. Espero no ser demasiado ignorante en el tema, y me pudieran ayudar.
Datos:
Hombre, nacido el 28/04/1946. cumple los 18 años en 28/04/1964.
en historico de categorias tiene: 12/1975-04/2001 como períodos prescritos y desde 05/2001-04/2007 como períodos no prescriptos.
De la sábana de ANSES, tengo periodos despues de 07/1994a 03/2007 algunos preriodos de aportes reconocidos como autónomo y periodos anteriores a julio de 1994, en relación de dependencia desde 1974 a mayo de 1976.
En pagos del SICAM tiene como último pago en marzo de 2007.
Tengo dudas en cuanto a:
1-como calcular los años a comprar,
2- si tengo que renunciar a los aportes como atónomos posteriores a 9/1993 para que se reduzca la deuda.
3- en el monotributo tiene una deuda por lo cuual no se si eso lo tengo que tener en cuenta.
4- Tengo que comprar SDM?
5- y la última, que no tiene que ver con este señor. Si tengo los 30 años de aportes, igual se debe presentar el sicam?

Muchas Gracias a todos aquellos que me puedad ayudar.


mabelita

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Mensaje por mabelita Sáb Jun 18, 2011 9:56 am

Al final lo resolví así, alguien me lo podría revisar por favor. Realmente se los agradecería.

RESPUESTA: (los datos están mas arriba)

SITUACIÓN DE REVISTA

d/ dic/1975 a dic/1973
d/ jun/1976 a sep/1993
d/ oct/1993 a abr/2001
d/ may/2001 a abr/2007

En los períodos prescriptos pondría una categoría mas barata, (que tengo que buescar) aún que tenga código 000 de comerciante. Respetando la categoría en los períodos no prescriptos, tal cual aparece en el PUC.

SITUACIÓN DE REVISTA AMPLIADA (es el SICAM 2?)

d/ may/1964 a nov/1975

Beneficios (me puedo tomar 1 año por tener el cese en 2007) no se si me equivoco.

d/ jun/1977 a may/1978 art. 3 de la ley 24476 (que es un perído caro)
d/ jul/1994 a abr/2007 art. 1 de la 25321

Además tengo que sacar al SICAM por pago de contado por que el Sr. No quiere renunciar a la pensión que esta cobrando de su esposa.

En cuanto al cese, tengo dudas porque en "consulta de pagos" del SICAM, aparece en mar/2007. Pero tengo comprobantes de pagos de intereses de centavos en el monotributo en el 2009. Esto se considera como período de cese? Y… que pasa con las cuotas que presentó del SICAM que le rechazaron, en donde el pago fue el mes pasado (may/2011)?
¿Dónde cargo en el SICAM los años que tengo que comprar? (si los tengo que comprar, porque nose como sacar eso.)

Muchas gracias a todo por su ayuda.
Mabelita (como me dice mamá)

mabelita

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Mensaje por mabelita Sáb Jun 18, 2011 12:22 pm

Comento que me equivoque en el art. 3 de la ley 24476. ya que en mi ejemplo ese es un año prescripto. Para poder aplicarlo tendría que tomar por ej. el año 1973.

Gracias

mabelita

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Mensaje por ET Sáb Jun 18, 2011 2:16 pm

A ver cuando vos decis que tiene años reconocidos eso que significa..Que tiene un reconocimiento de servicios resuelto en la anses?
Esos años que mencionas en relacion de dependencia salen de la sabana de aportes o estan reconocidos?
ET
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Mensaje por mabelita Sáb Jun 18, 2011 4:24 pm

Hola, gracias por responder.
Si, en la sábana de anses sale:
información anterior a julio/1994:
1974 12 RECONOCIDO REL. DEPENDENCIA
1975 12 RECONOCIDO REL. DEPENDENCIA
1976 5 RECONOCIDO REL. DEPENDENCIA
Información posterior a julio/1994(como autónomo)
jul/1994-dic/1994
ene-95
mar/1995-may/1995
jul-95
mar/2004-may/2004
jul/2004-ago/2004
oct/2004-dic/2004
ene/2005-mar/2005
jun-05
ago/2005-dic/2005
ene/2006-oct/2006
ene/2007-mar/2007
y hay una tercer hoja que dice:
Consulta histórica de afiliaciones - información anterior a jul/1994
y sale un núm de afiliado, industria y unas fechas.

Muchas gracias, nuevamente, por responder.

mabelita

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Mensaje por ET Sáb Jun 18, 2011 6:24 pm

Si todavia no calculaste ninguna liquidacion te sugiero que ingreses a sicam y lo hagas poniendo lo que te aparezca en datos personales despues del 2000 y anteriormente en situacion de revista le cargues esto:

04/1974 a 12/1973 cat changarin 891 (creo no me acuerdo bien el numero)
05/1976 a 09/1993 cat changarin
art 3 ley 24476 01/1977 a 12/1983 (por ahora)
de 2004 a 2007 aplicas art 1° 25321 a todo lo que no aparezca en pagos por ej: 05/2004 a 06/2004 art 1° 25321
y 09/2004 a 09/2004 art 1° 25321
calculas y ves el detalle de deuda asi sabemos que meses se pueden dejar y cuales habria que prescribir (por mucha deuda)
de todas maneras necesitas si o si 6 meses posteriores al 93 por eso hay que ver cuales dejas..
suerte!!
ET
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Mensaje por mabelita Sáb Jun 18, 2011 9:04 pm

ET escribió:Si todavia no calculaste ninguna liquidacion te sugiero que ingreses a sicam y lo hagas poniendo lo que te aparezca en datos personales despues del 2000 y anteriormente en situacion de revista le cargues esto:

04/1974 a 12/1973 cat changarin 891 (creo no me acuerdo bien el numero)
05/1976 a 09/1993 cat changarin
art 3 ley 24476 01/1977 a 12/1983 (por ahora)
de 2004 a 2007 aplicas art 1° 25321 a todo lo que no aparezca en pagos por ej: 05/2004 a 06/2004 art 1° 25321
y 09/2004 a 09/2004 art 1° 25321
calculas y ves el detalle de deuda asi sabemos que meses se pueden dejar y cuales habria que prescribir (por mucha deuda)
de todas maneras necesitas si o si 6 meses posteriores al 93 por eso hay que ver cuales dejas..
suerte!!

ET, nuevamente gracias por responder. Creo que lo que está en rojo, es en lugar de 1974 es 1972; y lo que está en verde, no tendría que ser desde 06/1976?, puede ser?
Por otro lado, respecto al art. 3 de la ley 24476, si pongo desde 01/1977 a 12/1983, no estoy tomando 7 años? tengo entendido que te podés tomar los años según el cese de actividad, (considerando el último pago), en este caso es en 03/2007, no me corresponde 1 año, según la tablita de la ley? Corregime por favor.


Rolling Eyes

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Mensaje por ET Sáb Jun 18, 2011 9:24 pm

Perdon es 05/1964 a 12/1973 y la otra 06/76 ....en adelante era para no pisar los años de relacion de dependencia...y si estaba tomando todos los años del art 3 porque asi prescribias todo lo de el 2004 en adelante pero te comentaba que necesitas igual 7 meses posteriores al 09/93 asi que el cese te lo va a dar el ultimo pago no prescripto. y a partir de ahi ves si achicas el art 3 y cuanto... por eso te decia que calcules primero a ver cuales son los meses que te dan mas deuda o deuda cero.. y en base a eso ves si podes prescribir los años mas recientes. pero para eso vas a tener que calcular una liquidacion sin enviar plan.
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Mensaje por mabelita Dom Jun 19, 2011 12:52 am

Ok ET; relizaré el SICAM comome decias; y te comento luego como me fue.
Muchas gracias por tu ayuda.
Wink

mabelita

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Mensaje por mabelita Lun Jun 20, 2011 10:04 am

ET. Cómo estás? Primero que nada, si sos papá “feliz día del padre”
Te cuento que ingrese al SICAM, y opte por no adherirme a la moratoria 592/79, (aunque el Sr. Estaba adherido, e incluso había hecho pagos).
Luego por Liquidación- Situación de Revista- arregle, es decir borre, lo que estaba cargado, porque faltaban períodos y porque quería hacerlo como me dijiste y la misma me quedó así:
d/ 05/1964 a 12/1973 cód. 981 changadores
d/ 06/1976 a 09/1993 cód. 981
d/ 10/1993 a 12/1999 cód. 981
d/ 01/2000 a 05/2001 cód. 000 como sale en el padrón
d/ 06/2001 a 05/2004 cód. 000 que no lo puedo modificar
d/ 07/2004 a 04/2007 cód. 000 que no lo puedo modificar

En Beneficios, puse como me dijiste d/ el 2004 el art 1 de la 25321 . en los períodos no pagos y son:
ene/2004-feb/2004
sep-04
abr/2005-may/2005
jul-05
nov/2006-dic/2006
abr-07

Quise aplicar el beneficio en 06/2004 pero me salió un cartel “ no se puede aplicar beneficios en el tramo seleccionado”.
Mande luego a CALCULAR y en detalle de deuda salió: tanto de capital como de interese un monto bastante grande, que me parece que es mucho. ja,ja Sad

En Detalle de Deuda sale un listado de períodos desde 05/1964 a 04/2007, algunos en cero y otros con centavos y otros con importes grandes, además se pueden ver los beneficios que cargué.

En tu opinion como sigo.
Muchas gracias

mabelita

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Mensaje por ET Lun Jun 20, 2011 3:58 pm

Si soy padre..Gracias
Mabel mira lo que pasa es que en 06/2004 no tenes registrada actividad por eso no te deja aplicar prescripcion.
"...d/ 06/2001 a 05/2004 cód. 000 que no lo puedo modificar
d/ 07/2004 a 04/2007 cód. 000 que no lo puedo modificar.."

Bueno en base al detalle de deuda fijate el ultimo aporte que vallas a dejar acordate que necesitas por lo menos 6 meses posteriores al 93.
buscas los meses que menos deuda te de y tratando siempre que sean bien antuguos. Los otros los prescribis todos y en base al ultimo que dejes adecuas el art 3 de 24476 (cuando le das calcular te calcula con intereses normales te puede dar hasta 150.000) pero cuando ingresas al regimen de la 24476 los intereses se achican mucho casi desaparecen.
avisame como queda..

Suerte!!
ET
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Mensaje por mabelita Mar Jun 21, 2011 9:16 am

Hola ET, Te comento mis dudad en base a lo que hice primero.
detalle de deuda:
d/ 05/1964 a 01/1984 esta por 0
01/04/1984 esta por 617,73
d/ 10/1991 a 05/1992 por 1199,12
d/ 06/1992 a 02/1993 por 1349,01
d/ 03/1993 a 06/1994 por 149,90 hay 3 meses en el medio que estan en 0
y precticamente (porque en el medio hay muchos períodos en 0) son h/ 12/1999 por 149,9 de ahí en adelante aumenta a 360 … en fin.

me decis que tome los meses que menos deuda tengan y los mas antiguos h/ 09/1993?
Y en base al último aporte adecúo el art 3 (que yo tomaría como último aporte 06/1994 para poder tomarme los 7 años) ? Es así? Estos 7 años podrían ser desde 06/1987 a 06/1994?
Y de ahí en adelante prescribo por la ley 14... o renuncio por el 1 de la 25321?
Todo esto lo hago volviendo a modificar la situación de revista de la parte previsional, y posteriormente le doy nuevamente "calcular" y de ahí paso al sicam 2 ley 24476 para que los intereses me queden bajos?.
Perdón mi ignorancia pero no termino de captar la idea.

Gracias, muchas gracias, no sabes la ayuda que me estas brindando.
Mabel

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Mensaje por mabelita Mar Jun 21, 2011 10:38 am

ET, revisando y pensando y volviendo a pensar me dí cuenta que el último aporte fue en may/2004, por lo cual me corresponden 2 años de beneficios por el art 3 de la 24476. y Tendría que tomar los periodos mas caros anteriores a esa fecha (siempre contando 2 años) y podrían ser:
09/1989 a 08/1991 (que son años que mas aportes tiene, y tengo entendido que este período es "caro" (d/04/84 a 09/91)) y aunque para este sr., estos sean años prescriptos? igual puedo tomarme el beneficio?

entonces la situacion de revista me quedaría.

05/1964 a 12/1973 cat 981
06/1976 a 04/1994 cat 981
con esto reuno los 30 de aportes. No colocando lo que esta en sábana de anses reconocido en relación de dependencia 01/1974 a 05/1976.
d/ 05/1994 a 12/1999 cat 981
d/ 01/2000 a 05/2001 cód. 000 como sale en el padrón
d/ 06/2001 a 05/2004 cód. 000 que no lo puedo modificar
d/ 07/2004 a 04/2007 cód. 000 que no lo puedo modifica

Beneficios

09/1989 a 08/1991---2 años
05/1994 a 04/2007 art 1 ley 25321

Puede ser?? Viste? yo me pregunto y me respondo? igual vos respondeme Very Happy
Mabel

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Mensaje por ET Mar Jun 21, 2011 10:18 pm

Mabel


"...05/1994 a 04/2007 art 1 ley 25321.." (si aplicas esta prescripcion el cese te lo daria este periodo = 06/1976 a 04/1994 cat 981)
y al 04/1994 le corresponden 7 años de art 3.
Pueden ser en cualquier periodo que se te ocurra dentro de la moratoria 24476 (01/55 a 09/93) incluso los podes cortar en varios sub-periodos por ej 3 años en el 80 a 83 y 4 años del 89 a 93 (eso lo manejas de acuerdo a los periodos mas caros dentro de las posibilidades)..
ET
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Mensaje por mabelita Mar Jun 21, 2011 11:18 pm

ET estas en línea??
Mabel

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Mensaje por ET Mar Jun 21, 2011 11:22 pm

ahora si..
ET
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Mensaje por mabelita Mar Jun 21, 2011 11:45 pm

Disculpame
es que tengo la duda de, si yo puedo elegir en que perido prescribir. Es decir yo puedo tomar hasta 04/1994, para poderme tomar los 7 años de beneficio?
La otra duda es, puedo prescribir los años esos aunque nolos pueda modificar en situacion de revist?? le puedo aplicar beneficios?
y.. una vez que pase al sicam 2 eso queda como presentado?? o puedo probar hasta ver que me convenga en sicam1 y luego recien pasar a sicam 2??
los 30 de años de aporte serian h/ 04 de 1994.

Gracias y disculpame si por ahi no entiendo.
mabel

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Mensaje por ET Miér Jun 22, 2011 12:06 am

La situacion de revista no te permite modificar esos periodos pero si aplicarle beneficios art 1° 25321 por ejemplo.
no podes aplicar a esos periodos posteriores a 09/93 art 3° de 24476
y todo va cargado en sicam 1 a menos que optes por la moratoria 529 creo que es el num. ese es el unico caso que debes cargar sicam 2 o periodos ampliados
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Mensaje por ET Miér Jun 22, 2011 12:11 am

podes calcular todas las liquidaciones que quieras siempre y cuando no envies el plan, una vez enviado si tenes que modificar tendras que pedir la baja en anses.
Las prescripciones podes aplicarlas, mas si tuvo pocos pagos en esos periodos a solo efecto que el cese te quede en el 04/94
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Mensaje por mabelita Miér Jun 22, 2011 12:21 am

haaa, entonces solamente cargo todo en sicam 1, nunca paso al sicam 2 y directamente lo presento?
Si el sicam toma los benficios porque no sale en el detalle de deuda, una deuda menor?.
A que llamamos entonces periodos ampliados?? Respecto de la moratoria 529 en afip me dijeron que me convenia optar por "no", y así los pagos que realizó se aplican a los periodos mas antiguos.
Bueno, entonces, hago la liquidacion nuevamente y luego te comento como me fue.
muchas gracias por la paciencia.
MAbel

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Mensaje por mabelita Jue Jun 23, 2011 12:53 am

Hola ET. Te cuento como me quedó todo según lo que pude entender de lo que me explicaste:

Entonces en situacion de revista me quedó:
01/05/1964 a 12/1973 categoria 981
jun/1973 a 09/1993 cat 981
10/1993 a 12/1999 cat. 981
01/2000 a 05/2001 cod. 000
06/2001 a 05/2004 cód. 000 que no lo puedo modificar
d/ 07/2004 a 04/2007 cód. 000 que no lo puedo modificar.."

Beneficios
04/1986 a 03/1993 art de 24476
05/1994 a 04/2007 art 1 de 25321

A--Me tome los 7 años que según la circular "GP 49/10...el afiliado puede invocar la renuncia estipulada por la Ley Nº 25.321 por el último período de aportes autónomos que excedan de los necesarios para el logro de la PBU/PC/PAP/JO o PEA, pudiendo razonablemente considerar un "cese ficto".---- Teniendo en cuenta, que este Sr. Cumple los 18 en abril/1964, llegando a los 30 años de aporte en 04/1994.( Pero, pero, pero… cuando yo realice la 1º liquidación me dio en detalle de deuda un listado de períodos referidos a aporte e intereses de los cuales el último aporte fue en 05/2004. Si yo prescribo por la 25321 desde 05/1994, retrotrae a 05/1994 el último pago, pudiendo por tal motivo tomarme los 7 años de beneficio?; o si, o si tengo que tomar como último pago 05/2004??

B—Si realizo la situación de revista como detallé anteriormente, no es necesario realizar el sicam 2??

C—Te cuento que me dio como deuda casi $ 70.000. Esto me parece muchísimo. Además en el sicam que le rechazaron le dio en 60 cuotas un total de $ 12.000 aproximadamente. (En el cual él pago casi 20 cuotas, de los cuales aparecen en “ver pagos” de esa liquidación). Que dicho sea de paso no se han imputado en esta liquidación, o tal vez yo no lo veo, o lo tengo que reclamar en la afip??

Gracias ET.
Mabel

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Mensaje por ET Vie Jun 24, 2011 1:06 am

A- si el tema del cese esta bien planteado...si prescribis los pagos posteriores el cese ficto se retrotrae a 05/1994 y ahi te tomas los 7 años de art 3 de 24476

B- No sicam 2 solo se utiliza cuando optas por la moratoria 592/79 y amplias periodos hacia atras. sino todo va en situacion de revista original

C- bueno eso es en el detalle de deuda ahora tenes que ingresar al plan de regularizacion de deuda 24476 y de ahi te vas hasta el final (sin enviar el plan ) le pones cantidad de cuotas y todo asi te tira el importe a pagar y de cuanto quedarian las cuotas...fijate y contame
suerte
ET
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