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cese ficto Empty cese ficto

Mensaje por naty13 Lun Ago 30, 2010 4:34 pm

hola estoy en el sicam y tengo q hacer un cese ficto entre en dudas que ley es la que te corre el cese para los años de ddjj el ert. 1 ley 25321 0 la prescriccion?¡?¡

naty13

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cese ficto Empty Re: cese ficto

Mensaje por angelmigue Miér Sep 01, 2010 7:57 pm

Hola Naty que tengas un buen dia, el Rigimen tiene pautas para ceses de autónomos y monotributistas

Para acreditar el fin de la actividad laboral, se deberán considerar nuevas pautas y precisiones sobre deudas

previsionales reguladas en planes de pago.


A fin de acreditar el cese de actividad, los trabajadores autónomos y monotributistas deberán atender a las

pautas vigentes. La resolución 51/06 de la ANSES aporta algunas definiciones y precisa como opera

el cese en casos tales como la adhesión a un plan de pagos (SICAM) de adeudar el trabajador aportes como

para poder jubilarse.

Definiciones

La ANSES precisó ciertos aspectos clave a fin de tramitar el cese:



Cese de las tareas autónomas: se considerará que tiene lugar el cese en aquél mes en el cual el afiliado

realizó el último aporte al régimen para trabajadores autónomos instituido por la ley 18.038 o al régimen

anterior de la ley 14.397 o al SIJP de la ley 24.241 o al Monotributo que fue creado con la ley 25.239.


Cese ficto: es el mes donde el afiliado (autónomo o monotributista) efectuó el aporte o contribución

previsional inmediato anterior al último período en el cual invoca la renuncia. Esto es así en tanto dicho

período de aportes exceda los necesarios para el logro de la PBU-PC-PAP o PEA.


Ajustes y SICAM: no serán procedentes los pedidos de ajuste, en la medida de que esto implique modificación de los datos del SICAM presentado al momento de peticionar el beneficio previsional.

No obstante, si se deja sin efecto "la renuncia de servicios" oportunamente formulada, procederá la

revisión del derecho a las prestaciones y la suspensión preventiva del pago del beneficio hasta tanto el

beneficiario reformule su deuda por SICAM según la nueva situación de revista denunciada y obtenga un

nuevo plan de facilidades de pago.

Vale aclarar que la renuncia de servicios solo puede solicitarse cuando el titular o el causante acrediten el

mínimo de años de servicios con aportes a la fecha de cese de actividades o a la fecha de

fallecimiento,debiéndose en tal caso excluirse los servicios renunciados.

un abrazo Angel... Razz

angelmigue
angelmigue

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cese ficto Empty Re: cese ficto

Mensaje por naty13 Miér Sep 01, 2010 10:09 pm

mil gracias cada dia hay mas trabas para hacer una jubi en este pais!!

naty13

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cese ficto Empty Re: cese ficto

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