PENSIONADA DE 87 AÑOS
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PENSIONADA DE 87 AÑOS
HOLA FORISTAS: soy nueva en el foro y necesito, si por favor me pueden ayudar con una jo para pensionada de 85 años, la presentaré con pago contado. quiero saber si está bien el importe que me parece mucho, paso a detallar: f.n. 13/11/1924, aplique beneficio 7 años y excedente 12 años y 9 meses,
compré 01/01/1955 hasta 31/03/1965 y me da $ 5.276.70, creo que es muchísimo. Hay alguna otra forma de realizar el cálculo? les agradecería me informen porqie los turnos salen muy rápido y ya tengo todo hecho pero no lo envié por si hay alguna otra forma de calcular, gracias.
Delia
compré 01/01/1955 hasta 31/03/1965 y me da $ 5.276.70, creo que es muchísimo. Hay alguna otra forma de realizar el cálculo? les agradecería me informen porqie los turnos salen muy rápido y ya tengo todo hecho pero no lo envié por si hay alguna otra forma de calcular, gracias.
Delia
DELIA BEATRIZ FRANCIA- Cantidad de envíos : 108
Fecha de inscripción : 15/04/2010
Re: PENSIONADA DE 87 AÑOS
SEÑORES FORISTAS: les pido por favor, si pueden asesorarme si esta bien el cálculo que hice para iniciar jo con pago contado de pensionada. Ya tengo que en enviar el pago y no quiero cometer errores. Disculpen que insista pero me está apurando la hija y no quiero que despues se entere por otro lado que pagó de más, me entienden?, muchas gracias.
Delia
Delia
DELIA BEATRIZ FRANCIA- Cantidad de envíos : 108
Fecha de inscripción : 15/04/2010
Re: PENSIONADA DE 87 AÑOS
Hola Delia, la situación de revita sería:
01/1955 - 03/1972 act 307
04/1965 - 03/1972 art. 3 ley 24476
Es la forma más económica. yo lo q haría es acerarme a la UDAI correspondiente, antes q la señora pague y consutaría por cualquier cosa, es mucha plata para hacerla gastar a la clienta. suerte!
01/1955 - 03/1972 act 307
04/1965 - 03/1972 art. 3 ley 24476
Es la forma más económica. yo lo q haría es acerarme a la UDAI correspondiente, antes q la señora pague y consutaría por cualquier cosa, es mucha plata para hacerla gastar a la clienta. suerte!
MONICA FARIAS- Cantidad de envíos : 151
Edad : 58
Fecha de inscripción : 19/05/2009
Re: PENSIONADA DE 87 AÑOS
y me pregunto que preguntarias en la udai , si se puede jubilar ? le ley es clara al respetoMONICA FARIAS escribió:Hola Delia, la situación de revita sería:
01/1955 - 03/1972 act 307
04/1965 - 03/1972 art. 3 ley 24476
Es la forma más económica. yo lo q haría es acerarme a la UDAI correspondiente, antes q la señora pague y consutaría por cualquier cosa, es mucha plata para hacerla gastar a la clienta. suerte!
Re: PENSIONADA DE 87 AÑOS
No Ramón, eso es obvio, pero yo acostumbro en la UDAI, consultar previamente por las dudas, ya que se trata de dinero y bastante, no se donde tramitás vos, pero en la mia son muy accesibles por suerte.
MONICA FARIAS- Cantidad de envíos : 151
Edad : 58
Fecha de inscripción : 19/05/2009
Re: PENSIONADA DE 87 AÑOS
HOLA FORISTAS: muchas gracias Mónica, justo hoy voy a la udai y consulto por lo menos si pueden sacar los intereses porque se paga al contado, luego voy a probar como me decís, haber si sale un poco más barato, gracias otra vez Mónica.
Ramón gracias tambien por permitirme participar del foro. In beso a ambos y hasta pronto. Delia
Ramón gracias tambien por permitirme participar del foro. In beso a ambos y hasta pronto. Delia
DELIA BEATRIZ FRANCIA- Cantidad de envíos : 108
Fecha de inscripción : 15/04/2010
Re: PENSIONADA DE 87 AÑOS
es que es claro pagando de contado la moratoria te podes jubilar y en todas las udai tienen que tener el mismo criterio, al menos que esa udai sea de otro pais jejejeMONICA FARIAS escribió:No Ramón, eso es obvio, pero yo acostumbro en la UDAI, consultar previamente por las dudas, ya que se trata de dinero y bastante, no se donde tramitás vos, pero en la mia son muy accesibles por suerte.
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