PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
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walter_cba
agostina
sils2005
7 participantes
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PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
HOLA A TODOS, TENGO ESTE CASO:
SEÑOR NACIDO EL 17/10/49, FALLECIO EL 10/05/09.
NO TIENE REGULARIDAD YA QUE TIENE ALGUNOS APORTES ANTES DEL 93 Y 1 AÑO EN EL 2004, (NO CUMPLE CON LOS 12 MESES DENTRO DE LOS 60) Y NO TIENE INSCRIPCION EN AUTONOMOS.
EL TEMA ES QUE NO LLEGO A COMPLETAR LOS 30 AÑOS CON MORATORIA , ME FALTAN 3 AÑOS PUEDO COMPRARLOS POR SDM DE 43 X MES??
SEÑOR NACIDO EL 17/10/49, FALLECIO EL 10/05/09.
NO TIENE REGULARIDAD YA QUE TIENE ALGUNOS APORTES ANTES DEL 93 Y 1 AÑO EN EL 2004, (NO CUMPLE CON LOS 12 MESES DENTRO DE LOS 60) Y NO TIENE INSCRIPCION EN AUTONOMOS.
EL TEMA ES QUE NO LLEGO A COMPLETAR LOS 30 AÑOS CON MORATORIA , ME FALTAN 3 AÑOS PUEDO COMPRARLOS POR SDM DE 43 X MES??
sils2005- Cantidad de envíos : 14
Fecha de inscripción : 30/03/2009
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
hola, si puedes comprar por sdm para llegar a los 30, ahora bien deberias consultar el criterio de tu udai en cuanto a los pagos de sdm.-
agostina- moderador
- Cantidad de envíos : 1422
Localización : Córdoba Capital
Empleo /Ocios : Abogada
Fecha de inscripción : 17/09/2008
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
Ahora, cuando vaya a la carss, es posible qeu te envien a verificar los empleadores..... bueno son riesgos... en cuanto al sdm 20+23 en algunas charlas han dicho qeu lo aceptan. pero como las resolucoines de la carss son vinculantes al caso particular........
agostina- moderador
- Cantidad de envíos : 1422
Localización : Córdoba Capital
Empleo /Ocios : Abogada
Fecha de inscripción : 17/09/2008
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
hola laguien sabe que criterio tienen en la udai de cordoba para comprar la regularidad para pensiones, por que si lo aceptan debo realizaar uno de inmediato antes del 01/10
walter_cba- Cantidad de envíos : 43
Fecha de inscripción : 21/04/2009
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
Hola a todos soy nueva en el foro estaba leyendo los post, tengan en cuenta que la regularidad nunca se completa con SDM.
ximena- Cantidad de envíos : 2
Fecha de inscripción : 08/09/2010
no tiene regularidad
Hola a todos, segun tengo entendido la regularidad con servicio domestico no se puede comprar, estoy trabajando una pension muy similar un hombre que fallece a los 53 años y tiene de aportes 2 años y 9 meses, yo tenia pensado comprar de acuerdo a la tabla de proporcionalidad, que opinan? gracias por su ayuda.
natalialorenarojas- Cantidad de envíos : 10
Fecha de inscripción : 02/02/2010
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
Para esos casos aplicas caso Pintos, tendrias que ver si te alcanza la moratoria para completar los 30 .La tabla de proporcionalidad donde esta ?
ximena- Cantidad de envíos : 2
Fecha de inscripción : 08/09/2010
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
mira lo de proporcionalidad es lo siguiente para jubilarse el hombre precisa 65 años y 30 años de aportes. Es decir desde los 18 años a los 65 tuvo 47 años de vida laboral.
si al fallecer tenia x solo alcanzo x de vida laboral y corresponde x de aportes es una regla de tres que se hace, yo esto que te digo lo saque por internbet creo que puse en el google proporcionalidad en pensiones, espero serte util. caso Pintos es igual que Esparza? la moratoria no me alcanza para completar 30 ya que cumplio los 18 en el año 67 y la moratoria es hasta el 93.
si al fallecer tenia x solo alcanzo x de vida laboral y corresponde x de aportes es una regla de tres que se hace, yo esto que te digo lo saque por internbet creo que puse en el google proporcionalidad en pensiones, espero serte util. caso Pintos es igual que Esparza? la moratoria no me alcanza para completar 30 ya que cumplio los 18 en el año 67 y la moratoria es hasta el 93.
natalialorenarojas- Cantidad de envíos : 10
Fecha de inscripción : 02/02/2010
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
yo me arriesgaria mas a comprar por sdm es mas seguro, ya que el caso que mencionas se apilca a personas con aportes efectivamente realizados. El tema radica en cuanto pagar por sdm, 43 o 55 + intereses?
walter_cba- Cantidad de envíos : 43
Fecha de inscripción : 21/04/2009
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
alguien sabe?
walter_cba- Cantidad de envíos : 43
Fecha de inscripción : 21/04/2009
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
Hola, queria dejarles una Tablita para lo Regular y lo Irregular...
Tenemos Apor. Regulares
Tenemos Apor. Iregulares c/derecho
Tenemos Apo. 5 ultimos Años y etc....etc
Como se puede aplicar Moratoria para compra aportes...
Asi: Los 30 meses de aportante Regular
...Los 18 meses de aportante Irregular con derecho
...Los 12 meses de Ultimo Grupo...
...Los 15 Años de Aporte del Ultimo grupo...
SE pueden comprar periodos para completar los 30 años o 15 años..
No se pueden comprar los 30 meses o 18 meses dependiendo si es Regular o Irregular...
!!!!Ya que es estos deben ser abonados en el MES...
correspondiente al mes de su vencimiento... (tiempo y forma)
un abrazo Angel...
Tenemos Apor. Regulares
Tenemos Apor. Iregulares c/derecho
Tenemos Apo. 5 ultimos Años y etc....etc
Como se puede aplicar Moratoria para compra aportes...
Asi: Los 30 meses de aportante Regular
...Los 18 meses de aportante Irregular con derecho
...Los 12 meses de Ultimo Grupo...
...Los 15 Años de Aporte del Ultimo grupo...
SE pueden comprar periodos para completar los 30 años o 15 años..
No se pueden comprar los 30 meses o 18 meses dependiendo si es Regular o Irregular...
!!!!Ya que es estos deben ser abonados en el MES...
correspondiente al mes de su vencimiento... (tiempo y forma)
un abrazo Angel...
angelmigue- Cantidad de envíos : 393
Fecha de inscripción : 27/03/2009
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
Resolución 24.213/09 - ANSES (CARSS)
Buenos Aires, 23 de Abril de 2009
CONSIDERANDO:
Que resulta formalmente procedente el tratamiento del recurso de revisión interpuesto.
Que el titular de los presentes actuados solicitó el retiro transitorio por invalidez el 13-5-08,
presentando SICAM del 12-5-08 acogiéndose a la moratoria de la ley 24.476.
Que la Unidad interviniente denegó el beneficio peticionado a través del pronunciamiento
recurrido considerando que para los trámites de pensión directa y retiro transitorio por invalidez en la moratoria de la ley 24.476 el titular debe registrar afiliación en el régimen de trabajadores autónomos, lo que no sucede con el peticionante, que no tiene ingresados aportes suficientes dentro de los 60 meses anteriores, lo que determinó que se considerara que no reunía la condición de aportante regular ni irregular con derecho en los términos del Decreto 460/99.
Que la parte se agravia ante esta instancia mediante recurso presentado en el expediente 024-20-05270088- 5-837-1 señalando la inequidad del criterio, y que con la referida moratoria sebeneficiaron quienes nunca habían aportado al sistema, confirmándolo esta Comisión por la
Resolución del 19-2-08.
Que el titular interpone recurso de reconsideración ante esta instancia citando precedentes de esta misma Comisión, alegando que la Resolución General AFIP 2017/2006, en el anexo I, punto II,apartado d), establece en referencia a la afiliación como trabajador autónomo, que la adhesión al régimen de regulación voluntad, se realizará únicamente mediante el sistema informático denominado SICAM, que opera a través de la red de Internet y se encuentra disponible en la página “Web” institucional de esta Administración Federal de Ingresos Públicos. A tal fin se deberá utilizar el citado sistema informático.
Que por ello, agrega, considera que al momento de formular el SICAM, produjo la afiliación a la cual hace referencia la Resolución ANSES 319/07, ya que la misma no establece como requisito un tiempo determinado de antigüedad en la afiliación, habiendo la AFIP normado la adhesión mediante el sistema informático SICAM.
Que en esta instancia cabe señalar que la Ley N° 24.476, en el Capítulo 2: Régimen de
regularización voluntaria de la deuda, estable en su art. 5°, párrafo segundo, que están
comprendidos en dicho régimen todos los trabajadores autónomos inscriptos o no.
Que en el presente caso el titular adhirió al régimen de regulación voluntaria, efectivizando su
afiliación como trabajador autónomos, conforme las normas emitidas por AFIP.
Que en razón de ello, el referido texto no establece como requisito encontrarse afiliado como
trabajador autónomo para acogerse a ese régimen.
Que al respecto cabe señalar, que la Resolución ANSES N° 1014/05, relativa al Procedimiento,
Prueba de servicios autónomos y monotributistas de afiliados al SIJP. Aprobación de nuevas
normas, en su Anexo, contempla las competencias de los organismos interviniente en la
acreditación de dichos servicios -AFIP y ANSES-, determinando que no es competencia de esta
Administración, entre otras, la imputación y acreditación de pagos de trabajadores autónomos y monotributistas
esto significa que entonces las personas que no tengan aportes, podran comprar por moratoria los aportes? aun sin estar inscriptos como autonomos? se aplica a todas las personas, incluyendo a las personas que por cuya edad no se puede comprar los 30 años?
Buenos Aires, 23 de Abril de 2009
CONSIDERANDO:
Que resulta formalmente procedente el tratamiento del recurso de revisión interpuesto.
Que el titular de los presentes actuados solicitó el retiro transitorio por invalidez el 13-5-08,
presentando SICAM del 12-5-08 acogiéndose a la moratoria de la ley 24.476.
Que la Unidad interviniente denegó el beneficio peticionado a través del pronunciamiento
recurrido considerando que para los trámites de pensión directa y retiro transitorio por invalidez en la moratoria de la ley 24.476 el titular debe registrar afiliación en el régimen de trabajadores autónomos, lo que no sucede con el peticionante, que no tiene ingresados aportes suficientes dentro de los 60 meses anteriores, lo que determinó que se considerara que no reunía la condición de aportante regular ni irregular con derecho en los términos del Decreto 460/99.
Que la parte se agravia ante esta instancia mediante recurso presentado en el expediente 024-20-05270088- 5-837-1 señalando la inequidad del criterio, y que con la referida moratoria sebeneficiaron quienes nunca habían aportado al sistema, confirmándolo esta Comisión por la
Resolución del 19-2-08.
Que el titular interpone recurso de reconsideración ante esta instancia citando precedentes de esta misma Comisión, alegando que la Resolución General AFIP 2017/2006, en el anexo I, punto II,apartado d), establece en referencia a la afiliación como trabajador autónomo, que la adhesión al régimen de regulación voluntad, se realizará únicamente mediante el sistema informático denominado SICAM, que opera a través de la red de Internet y se encuentra disponible en la página “Web” institucional de esta Administración Federal de Ingresos Públicos. A tal fin se deberá utilizar el citado sistema informático.
Que por ello, agrega, considera que al momento de formular el SICAM, produjo la afiliación a la cual hace referencia la Resolución ANSES 319/07, ya que la misma no establece como requisito un tiempo determinado de antigüedad en la afiliación, habiendo la AFIP normado la adhesión mediante el sistema informático SICAM.
Que en esta instancia cabe señalar que la Ley N° 24.476, en el Capítulo 2: Régimen de
regularización voluntaria de la deuda, estable en su art. 5°, párrafo segundo, que están
comprendidos en dicho régimen todos los trabajadores autónomos inscriptos o no.
Que en el presente caso el titular adhirió al régimen de regulación voluntaria, efectivizando su
afiliación como trabajador autónomos, conforme las normas emitidas por AFIP.
Que en razón de ello, el referido texto no establece como requisito encontrarse afiliado como
trabajador autónomo para acogerse a ese régimen.
Que al respecto cabe señalar, que la Resolución ANSES N° 1014/05, relativa al Procedimiento,
Prueba de servicios autónomos y monotributistas de afiliados al SIJP. Aprobación de nuevas
normas, en su Anexo, contempla las competencias de los organismos interviniente en la
acreditación de dichos servicios -AFIP y ANSES-, determinando que no es competencia de esta
Administración, entre otras, la imputación y acreditación de pagos de trabajadores autónomos y monotributistas
esto significa que entonces las personas que no tengan aportes, podran comprar por moratoria los aportes? aun sin estar inscriptos como autonomos? se aplica a todas las personas, incluyendo a las personas que por cuya edad no se puede comprar los 30 años?
walter_cba- Cantidad de envíos : 43
Fecha de inscripción : 21/04/2009
Re: PENSION SIN REGULARIDAD NO LLEGA A LOS 30 AÑOS
Hola, no te asrriesgues porque vas a tirar la plata y te van a matar. No aceptan sdm. Que tengas suerte.
DELIA BEATRIZ FRANCIA- Cantidad de envíos : 108
Fecha de inscripción : 15/04/2010
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