Jubilacion para extranjeros
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Jubilacion para extranjeros
tengo una serie de dudas... a ver si me pueden ayudar, para jubilar a un extranjero se necesita la entrada al pais, y se cuenta a partir del segundo mes que entro, ¿ no? y tiene que tener 30 años de radicacion? como me doy cuenta que tiene los 30 años de radicacion ?, si es que los necesitas. Es apartir de que saco el DNI? estoy confundia que alguien me oriente gracias!!!
ROX- Cantidad de envíos : 123
Fecha de inscripción : 10/01/2010
Re: Jubilacion para extranjeros
En el DNI tenés fecha de entrada al país y fecha de radicación. Vos vas a comprar por morat. a partir del mes siguiente a la entrada al país o al mes sig. de haber cumplido 18 años, según corresponda.
Si la fecha que figura en el DNI no es correcta e ingreso antes, hay una circular que te indica qué elem. presentar en el ADP para que te modifiquen la fecha, por ej. partida de nac. de hijos arg., cert. de migraciones, etc (no recuerdo el Nº de circ, tendría que buscarla).
A partir de la entrada al país necesitás 30 años que los comprarás con morat, SDM y tamb. utlizarás art. 19. Suerte.
Si la fecha que figura en el DNI no es correcta e ingreso antes, hay una circular que te indica qué elem. presentar en el ADP para que te modifiquen la fecha, por ej. partida de nac. de hijos arg., cert. de migraciones, etc (no recuerdo el Nº de circ, tendría que buscarla).
A partir de la entrada al país necesitás 30 años que los comprarás con morat, SDM y tamb. utlizarás art. 19. Suerte.
sandra- gran usuario
- Cantidad de envíos : 508
Localización : Zona Norte GBA
Fecha de inscripción : 08/07/2008
Re: Jubilacion para extranjeros
Muchas gracias sandra!!! pero se nesecita los 30 años de radicacion? ....gracias!!!!
ROX- Cantidad de envíos : 123
Fecha de inscripción : 10/01/2010
Re: Jubilacion para extranjeros
Necesitás 30 años no de radicación, pero si de permanecia en el país para demostrar que los trabajaste acá, no podés comprar períodos en los cuales no estuviste en el país.
Si es un país que tenga convenio internacional con nosotros, podés usar esos aportes realizados en su país de origen.
Si es un país que tenga convenio internacional con nosotros, podés usar esos aportes realizados en su país de origen.
sandra- gran usuario
- Cantidad de envíos : 508
Localización : Zona Norte GBA
Fecha de inscripción : 08/07/2008
Re: Jubilacion para extranjeros
muchas gracias!!! me estoy iniciando con previsional y me encuentro con muchas dudas.....saludos
ROX- Cantidad de envíos : 123
Fecha de inscripción : 10/01/2010
Re: Jubilacion para extranjeros
Mucha suerte y consultá lo que necesites.
sandra- gran usuario
- Cantidad de envíos : 508
Localización : Zona Norte GBA
Fecha de inscripción : 08/07/2008
Re: Jubilacion para extranjeros
te hago una consulta sandra... en el DNI figura radicacion definitiva 22/11/73 y la entrada al pais figura 27/02/61...cuento apartir de la entrada al pais? es autonomo puro... pero lo presento por mostrador? gracias saludos
ROX- Cantidad de envíos : 123
Fecha de inscripción : 10/01/2010
Re: Jubilacion para extranjeros
hola Rox, fijate la fecha de ingreso al pais qeu figura en el dni, esa es la fecha que se debe cargar en adp, y que debes tomar para la compra de aportes, si llegase a ver dudas solicita informe en migraciones, en base a la fecha de ingreso. Saludos.-
agostina- moderador
- Cantidad de envíos : 1422
Localización : Córdoba Capital
Empleo /Ocios : Abogada
Fecha de inscripción : 17/09/2008
Re: Jubilacion para extranjeros
gracias!!!....
ROX- Cantidad de envíos : 123
Fecha de inscripción : 10/01/2010
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