Buscan agilizar los juicios de jubilados
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Buscan agilizar los juicios de jubilados
Diario La Nación
Un fallo de segunda instancia ordena ajustar los haberes en forma permanente
Buscan agilizar los juicios de jubilados
La Corte proyecta digitalizar el fuero de la seguridad social; insisten en que debe dictarse una ley de subas automáticas
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, proyecta instrumentar un plan de informatización del fuero de la seguridad social, en un intento por agilizar los juicios que realizan los jubilados contra el Estado. La mayor parte de esos reclamos -en 2007 ingresaron 38.000 causas y el número es creciente- tiene que ver con la movilidad de los haberes y con la determinación del ingreso inicial. Lorenzetti se refirió ayer al tema en declaraciones radiales; también mencionó que se analiza la posibilidad de dictar fallos con efectos colectivos, algo que resultaría más complejo de lograr.
La intención de Lorenzetti es que, en un plan de justicia digital, se les otorgue prioridad a los jubilados. Hay un factor que facilitaría ese hecho: en las causas de los pasivos hay un único demandado (la Administración Nacional de la Seguridad Social), que a su vez tiene una gestión digitalizada. El proyecto incluiría, por ejemplo, que las notificaciones en el proceso judicial se realicen por vía informática, lo que llevaría a evitar las demoras de las modalidades tradicionales.
Para evaluar esos temas, según dijo Lorenzetti, se creará una comisión de la que formarán parte la Cámara Federal de la Seguridad Social, el Consejo de la Magistratura, la Anses y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La semana última, el presidente de la Corte se reunió con las autoridades de cada uno de esos organismos: Bernabé Chirinos, Mariano Candioti, Claudio Moroni y Carlos Fernández, respectivamente.
A paso lento
Por ahora, los tiempos de la Justicia no parecen ir a paso rápido. Y menos aún marca un buen ritmo de acción el Congreso, al que los jueces exhortaron, en agosto de 2006 y en el fallo de la causa iniciada por Alfredo Badaro, a aprobar una ley que disponga un índice de movilidad automática. Tanto en Diputados como en el Senado existen varios proyectos, pero la falta de voluntad del Poder Ejecutivo para agilizar el tema hizo que la discusión aún esté pendiente.
A falta de una ley de movilidad, la Corte volvió a tomar el caso de Badaro y, en noviembre del año pasado, ordenó aplicar al haber jubilatorio un ajuste, entre enero de 2002 y diciembre de 2006, equivalente a la evolución que en el período tuvieron los salarios activos, según datos oficiales. Para ese período, el incremento fue del 88,5%. Como se trataba de un jubilado con haber superior a $ 1000 en 2002, Badaro había recibido, hasta 2006, una suba del 11%, por lo que la inflación había deteriorado fuertemente su ingreso.
Pero los efectos de una sentencia son sólo para quien hizo cada demanda en particular: la Corte debe analizar y dictaminar sobre cada caso, y después de Badaro no se conoció que hubiera resuelto ningún otro por movilidad. Además, hay otra limitación en el fallo de Badaro: da una solución a la falta de ajustes, pero sólo hasta 2006. Eso fue así porque los jueces insistieron en que es el Poder Legislativo el que debe establecer un régimen permanente.
Como ello no ocurrió aún, días atrás, en la causa promovida por el jubilado Rafael Cirillo, los jueces de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social decidieron aplicar el mismo criterio de ajuste del fallo Badaro, pero con una novedad: no limita el alcance de lo ordenado a una fecha determinada, sino que establece que "el haber de la prestación del actor se ajuste a partir del 1° de enero de 2002 y hasta tanto se sancione la norma reglamentaria de alcance general requerida por el alto tribunal".
Ajustes anuales
Los jueces Nora Dorado, Luis Herrero y Emilio Fernández reiteraron también el criterio de la Corte en cuanto a que los ajustes deben ser anuales, y detallaron que debe considerarse el índice general de salarios elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Ese índice considera la evolución de los ingresos de los empleados del sector público y de las empresas privadas, tanto de los registrados como de los que están en negro. Según el último dato, entre fines de 2001 y febrero de este año, tuvo un avance del 138,01 por ciento.
Desde 2002, los gobiernos otorgaron aumentos a las jubilaciones y pensiones que, en promedio, llegan al 156 por ciento. Pero mientras que quienes en 2001 cobraban la mínima ganan hoy un 336,7% más, quienes entonces percibían más de $ 1000 recibieron un incremento de sólo el 51,7%, en tanto que los pasivos que en 2004 (la primera vez que se dio un aumento al margen de ajustar el haber mínimo) ganaban más de $ 308 y menos de $ 1000, acumulan una suba nominal del 66,9 por ciento. En los dos últimos casos, existe una fuerte pérdida del poder de compra y una débil relación de los haberes con los salarios activos.
Por Silvia Stang
De la Redacción de LA NACION
Un fallo de segunda instancia ordena ajustar los haberes en forma permanente
Buscan agilizar los juicios de jubilados
La Corte proyecta digitalizar el fuero de la seguridad social; insisten en que debe dictarse una ley de subas automáticas
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, proyecta instrumentar un plan de informatización del fuero de la seguridad social, en un intento por agilizar los juicios que realizan los jubilados contra el Estado. La mayor parte de esos reclamos -en 2007 ingresaron 38.000 causas y el número es creciente- tiene que ver con la movilidad de los haberes y con la determinación del ingreso inicial. Lorenzetti se refirió ayer al tema en declaraciones radiales; también mencionó que se analiza la posibilidad de dictar fallos con efectos colectivos, algo que resultaría más complejo de lograr.
La intención de Lorenzetti es que, en un plan de justicia digital, se les otorgue prioridad a los jubilados. Hay un factor que facilitaría ese hecho: en las causas de los pasivos hay un único demandado (la Administración Nacional de la Seguridad Social), que a su vez tiene una gestión digitalizada. El proyecto incluiría, por ejemplo, que las notificaciones en el proceso judicial se realicen por vía informática, lo que llevaría a evitar las demoras de las modalidades tradicionales.
Para evaluar esos temas, según dijo Lorenzetti, se creará una comisión de la que formarán parte la Cámara Federal de la Seguridad Social, el Consejo de la Magistratura, la Anses y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La semana última, el presidente de la Corte se reunió con las autoridades de cada uno de esos organismos: Bernabé Chirinos, Mariano Candioti, Claudio Moroni y Carlos Fernández, respectivamente.
A paso lento
Por ahora, los tiempos de la Justicia no parecen ir a paso rápido. Y menos aún marca un buen ritmo de acción el Congreso, al que los jueces exhortaron, en agosto de 2006 y en el fallo de la causa iniciada por Alfredo Badaro, a aprobar una ley que disponga un índice de movilidad automática. Tanto en Diputados como en el Senado existen varios proyectos, pero la falta de voluntad del Poder Ejecutivo para agilizar el tema hizo que la discusión aún esté pendiente.
A falta de una ley de movilidad, la Corte volvió a tomar el caso de Badaro y, en noviembre del año pasado, ordenó aplicar al haber jubilatorio un ajuste, entre enero de 2002 y diciembre de 2006, equivalente a la evolución que en el período tuvieron los salarios activos, según datos oficiales. Para ese período, el incremento fue del 88,5%. Como se trataba de un jubilado con haber superior a $ 1000 en 2002, Badaro había recibido, hasta 2006, una suba del 11%, por lo que la inflación había deteriorado fuertemente su ingreso.
Pero los efectos de una sentencia son sólo para quien hizo cada demanda en particular: la Corte debe analizar y dictaminar sobre cada caso, y después de Badaro no se conoció que hubiera resuelto ningún otro por movilidad. Además, hay otra limitación en el fallo de Badaro: da una solución a la falta de ajustes, pero sólo hasta 2006. Eso fue así porque los jueces insistieron en que es el Poder Legislativo el que debe establecer un régimen permanente.
Como ello no ocurrió aún, días atrás, en la causa promovida por el jubilado Rafael Cirillo, los jueces de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social decidieron aplicar el mismo criterio de ajuste del fallo Badaro, pero con una novedad: no limita el alcance de lo ordenado a una fecha determinada, sino que establece que "el haber de la prestación del actor se ajuste a partir del 1° de enero de 2002 y hasta tanto se sancione la norma reglamentaria de alcance general requerida por el alto tribunal".
Ajustes anuales
Los jueces Nora Dorado, Luis Herrero y Emilio Fernández reiteraron también el criterio de la Corte en cuanto a que los ajustes deben ser anuales, y detallaron que debe considerarse el índice general de salarios elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Ese índice considera la evolución de los ingresos de los empleados del sector público y de las empresas privadas, tanto de los registrados como de los que están en negro. Según el último dato, entre fines de 2001 y febrero de este año, tuvo un avance del 138,01 por ciento.
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