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EMPLEADA DOMESTICA

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Mensaje por karinaseguridadsocial Miér Mar 12, 2008 8:17 am

Hola a todos: el personal doméstico que no trabaja las horas que establece la ley (4 dias 4 horas), es decir que no está bajo este régimen, estaría comprendido en lo llamado LOCACIÓN DE SERVICIOS? Ahora bien, tratandose de una locación de servicios saben de la validez de presentar un contrato de este tenor ante el juez laboral en caso que el personal inicie una demanda laboral aduciendo que trabaja las horas que dice la ley. Que otra opción podría implementarse para estos casos, ya que en estos casos lo único que tiene el empleador es defenderse con la prueba en el juicio laboral y esto es muy dificil. Gracias por su ayuda

karinaseguridadsocial

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Mensaje por jorge_ar Lun Mar 24, 2008 9:29 am

A mis clientes les aconsejo que inscriban (que hagan el aporte de afip para servicio doméstico por las horas que realmente labora la trabajadora) esa es un prueba valorada por los jueces donde vivo (Paraná).

De lo contrario quedas expuesto a las pruebas de la actora (trabajadora) y por lo general les va muy bien en el proceso, así que lo mejor es "arreglar" el juicio si la trabajadora estuvo en negro totalmente.

Espero ser claro, sino avisame

Un saludo, Jorge

jorge_ar

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