Resolución general 2416/2008 AFIP
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Resolución general 2416/2008 AFIP
Tipo de Normativas: Resolución General Número Normativas: 2416
Fecha: 04/03/2008 Año: 2008
Organo Emisor: Administración Federal de Ingresos Públicos
Comentarios: Procedimiento. Impuestos Varios. Sistemas de consulta e información. Servicios “SMS”, “Mi Celular” y “Clave Telefónica”. Su implementación.
Administración Federal de Ingresos Públicos
Resolución General 2416
Bs. As., 27/2/2008
VISTO:
El objetivo permanente de esta Administración Federal de optimizar la relación fisco-contribuyente mediante el perfeccionamiento de los servicios que brinda, y
CONSIDERANDO:
Que a efectos de la consecución de dicho objetivo y con el propósito de lograr una mayor fluidez en las comunicaciones, este Organismo entiende que resulta oportuno habilitar los servicios denominados “SMS”, “Mi Celular” y “Clave Telefónica”, que permitirán a los contribuyentes y/o responsables efectuar determinadas consultas y gestiones, así como recibir información de su interés.
Que en consecuencia, corresponde aprobar los nuevos servicios a los fines de posibilitar su utilización.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébanse los servicios denominados “SMS”, “Mi Celular” y “Clave Telefónica”, que podrán ser utilizados por las personas físicas o jurídicas para efectuar las consultas y/o gestiones habilitadas así como para recibir información, conforme a los procedimientos que —para cada uno de ellos— se indican en los Anexos I, II y III, respectivamente.
A Servicio “SMS”
Art. 2º — El servicio “SMS” posibilitará solicitar información y/o realizar determinados trámites a través de un teléfono celular, mediante la remisión de un mensaje de texto “SMS” al número 2347 AFIP, sin necesidad de registración ni autenticación del usuario
Este servicio podrá ser utilizado inicialmente en forma gratuita, hasta que la Administración Federal indique lo contrario en la página “web” institucional (http://www.afip.gov.ar), dentro del Sistema ABC Consultas y Respuestas Frecuentes.
La nómina de los servicios habilitados a partir del día 1 de marzo de 2008, con el correspondiente formato del mensaje de texto, se encuentra detallada en el Anexo I de la presente. Las nuevas transacciones que se habiliten con posterioridad a dicha fecha, se podrán consultar en el Sistema mencionado en el párrafo anterior.
B – Servicio “Mi Celular”
Art. 3º — Mediante la adhesión al servicio “Mi Celular” el usuario podrá registrar el número de su teléfono celular para recibir información sobre distintos temas de interés.
El detalle de los servicios disponibles para la suscripción se puede visualizar en la página “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gov.ar), dentro del Sistema ABC de Consultas y Respuestas Frecuentes, o directamente dentro de la opción “Mi Celular”.
C Servicio “Clave Telefónica”
Art. 4º — La “Clave Telefónica” es un código de identificación del usuario, que permite realizar consultas y gestiones telefónicas a través del Centro de Información Telefónica de la Administración Federal, obteniendo de esta manera información acorde a su perfil y características.
Art. 5º — Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.
Art. 6º — El servicio “SMS” se encontrará disponible para su utilización a partir del día 1 de marzo de 2008, inclusive. Asimismo, a partir de dicha fecha se habilitará la posibilidad de suscribirse a los servicios “Mi Celular” y “Clave Telefónica”.
No obstante, el servicio “Clave Telefónica” estará operativo para su utilización a partir del día 2 de mayo de 2008, inclusive.
Art. 7º — La presente resolución general tendrá vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 8º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.
ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 2416
SERVICIO “SMS”
FORMATO DE LOS “SMS”
-Para poder utilizar este servicio, se deberá remitir un mensaje de texto al número 2347 AFIP, con la siguiente estructura:
"NOMBRE_DEL_SERVICIO (por ejemplo: COTI) 20111111112 (CUIT/CUIL/CDI) INFORMACION (Datos optativos, puede contener más de un campo de información, en cuyo caso estarán separados por espacios. Esto variará dependiendo del servicio al que se desee acceder).
-Los datos del “SMS” a enviar deberán separarse mediante un espacio.
-La longitud total del mensaje no podrá exceder los CIENTO CUARENTA (140) caracteres.
-El número de Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del solicitante, debe ingresarse sin guiones ni espacios entre los mismos.
SERVICIOS DISPONIBLES
Al día 1 de marzo de 2008 se encontrarán disponibles los siguientes servicios:
• “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI)
• Constancia de Inscripción / Opción Monotributo
• Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas —Resolución General Nº 2300 y su modificación—
• Consulta de Certificado de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.”
• Consulta de Certificado Fiscal para Contratar con la Administración Nacional
METODOLOGIA PARA LA REMISION DEL “SMS”
1. “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI)
Se podrá utilizar este servicio para tramitar el “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI).
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: COTI
-CUIT/CUIL/CDI del solicitante
-Información:
-Valor del inmueble (sin tipo de moneda, puntos, ni decimales)
-Datos del domicilio del inmueble (calle, número, piso, departamento)
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
COTI 20111111112 300000 LUIS M CAMPOS 2415 8º A CAPITAL FEDERAL
Este mensaje indica que la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del solicitante es 2011111111-2, el precio de venta del inmueble es de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-), el domicilio es LUIS M CAMPOS 2415 8º A y la localidad es Capital Federal.
Como consecuencia, y si la clave o código resulta correcto, se remitirá un “SMS” al usuario indicándole un número de trámite, e informándole que un operador del Centro de Información Telefónica se comunicará con él a efectos de concluir la tramitación del respectivo certificado.
2. Constancia de Inscripción/Opción Monotributo
Se podrá utilizar este servicio para consultar la Constancia de Inscripción/Opción – Monotributo.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: CUIT
-CUIT/CUIL/CDI
-Información: sin información adicional.
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
CUIT 20111111112
Este mensaje indica que desea obtener la constancia de la Clave Unica de Identificación Tributaria(C.U.I.T.) 20-11111111-2.
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave consultada registra o no inscripción ante la Administración Federal, y en caso afirmativo, en qué impuestos.
3. Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas Resolución General Nº 2300 y su modificación—
Podrá utilizarse este servicio para consultar si un contribuyente se encuentra inscripto en el citado “Registro”.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: GRANOS
-CUIT/CUIL/CDI
-Información: sin información adicional
-A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
GRANOS 20111111112
Este mensaje indica que desea consultar si la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) 20-11111111-2 se encuentra en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas.
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave consultada se encuentra en la Base del citado “Registro” y cuál es su situación.
4. Consulta de Certificado de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.”
Se podrá utilizar este servicio para verificar la validez y vigencia de los Certificados de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.”.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: CVDI
-CUIT/CUIL/CDI
-Información: sin información adicional
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
CVDI 20111111112
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave consultada posee un Certificado de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.” vigente.
5. Consulta de Certificado Fiscal para Contratar con la Administración Nacional
Podrá utilizarse este servicio para verificar si al contribuyente o responsable se le ha otorgado el “Certificado Fiscal para Contratar”.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: CFC
-CUIT/CUIL/CDI del solicitante
-Información: sin información adicional
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
CFC 20111111112
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave por la cual efectúa la consulta posee un “Certificado Fiscal para Contratar” vigente.
ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 2416
SERVICIO “Mi Celular”
Servicio “Mi Celular”
Se trata de un servicio mediante el cual el usuario puede registrar su teléfono celular para recibir alertas o información útil sobre determinados temas de su interés.
Metodología para la suscripción
La suscripción a este servicio debe realizarse ingresando con “Clave Fiscal” al sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gov.ar), conforme al procedimiento dispuesto por las Resoluciones Generales Nº 1345 y Nº 2239 y sus respectivas modificatorias y complementarias, para el servicio denominado “Mi Celular”.
Dentro del mismo el usuario deberá informar los siguientes datos:
a) Número de celular
b) Compañía telefónica a la que pertenece
c) Servicios que desea utilizar a través de esta metodología
Dentro del servicio con “Clave Fiscal”, el usuario podrá registrar más de un número de celular, ya sea para los mismos como para diferentes servicios.
En este supuesto, es decir, si registra más de un número telefónico, deberá indicar uno de ellos como “Titular”. Esta Administración Federal podrá considerar procedente remitir determinadas alertas a los usuarios registrados, en este caso, lo hará al número de celular registrado como titular.
El usuario de la “Clave Fiscal” podrá realizar modificaciones y bajas de los teléfonos y servicios seleccionados.
SERVICIO “Clave Telefónica”
Servicio “Clave Telefónica”
Al comunicarse el interesado con el Centro de Información Telefónica deberá marcar la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y su clave y de esta manera se estará autenticando, y como consecuencia, esta Administración Federal podrá individualizarlo y suministrarle la información acorde a su perfil y características.
Metodología de Obtención de la “Clave Telefónica”
Para solicitar la “Clave Telefónica”, se deberá ingresar mediante la utilización de la “Clave Fiscal”, obtenida conforme a las disposiciones de la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria, y optar por el servicio homónimo.
Al acceder al mismo y seleccionar la opción “Clave Telefónica”, el sistema le otorgará una clave compuesta por SEIS (6) números.
De tratarse de un usuario que actúa como representante de otros contribuyentes (Administrador de Relaciones —Artículo 8º de la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria—), el sistema otorgará una única “Clave Telefónica”.
Operatoria
Al comunicarse con el Centro de Información Telefónica, el interesado podrá indicar que posee “Clave Telefónica”, y el sistema solicitará que con el teclado telefónico indique su CUIT/CUIL/CDI y su “Clave Telefónica”.
Cuando el operador reciba ese llamado, contará con todos los datos del consultante y con todas las relaciones que posee asociadas, conforme a las disposiciones de la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria, de este modo se obtiene la autenticación del mismo, individualizándolo, pudiendo de esta manera suministrarle información más específica y acorde a su perfil.
Procedimiento en caso de extravío u olvido
La “Clave Telefónica” no tiene fecha de expiración.
En caso de extravío u olvido de la misma, para poder obtener una nueva, se deberá acceder a la página “web” de este Organismo (http://www.afip.gov.ar), mediante “Clave Fiscal” y acceder al servicio “Clave Telefónica”, otorgándosele una nueva contraseña.
Fecha: 04/03/2008 Año: 2008
Organo Emisor: Administración Federal de Ingresos Públicos
Comentarios: Procedimiento. Impuestos Varios. Sistemas de consulta e información. Servicios “SMS”, “Mi Celular” y “Clave Telefónica”. Su implementación.
Administración Federal de Ingresos Públicos
Resolución General 2416
Bs. As., 27/2/2008
VISTO:
El objetivo permanente de esta Administración Federal de optimizar la relación fisco-contribuyente mediante el perfeccionamiento de los servicios que brinda, y
CONSIDERANDO:
Que a efectos de la consecución de dicho objetivo y con el propósito de lograr una mayor fluidez en las comunicaciones, este Organismo entiende que resulta oportuno habilitar los servicios denominados “SMS”, “Mi Celular” y “Clave Telefónica”, que permitirán a los contribuyentes y/o responsables efectuar determinadas consultas y gestiones, así como recibir información de su interés.
Que en consecuencia, corresponde aprobar los nuevos servicios a los fines de posibilitar su utilización.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébanse los servicios denominados “SMS”, “Mi Celular” y “Clave Telefónica”, que podrán ser utilizados por las personas físicas o jurídicas para efectuar las consultas y/o gestiones habilitadas así como para recibir información, conforme a los procedimientos que —para cada uno de ellos— se indican en los Anexos I, II y III, respectivamente.
A Servicio “SMS”
Art. 2º — El servicio “SMS” posibilitará solicitar información y/o realizar determinados trámites a través de un teléfono celular, mediante la remisión de un mensaje de texto “SMS” al número 2347 AFIP, sin necesidad de registración ni autenticación del usuario
Este servicio podrá ser utilizado inicialmente en forma gratuita, hasta que la Administración Federal indique lo contrario en la página “web” institucional (http://www.afip.gov.ar), dentro del Sistema ABC Consultas y Respuestas Frecuentes.
La nómina de los servicios habilitados a partir del día 1 de marzo de 2008, con el correspondiente formato del mensaje de texto, se encuentra detallada en el Anexo I de la presente. Las nuevas transacciones que se habiliten con posterioridad a dicha fecha, se podrán consultar en el Sistema mencionado en el párrafo anterior.
B – Servicio “Mi Celular”
Art. 3º — Mediante la adhesión al servicio “Mi Celular” el usuario podrá registrar el número de su teléfono celular para recibir información sobre distintos temas de interés.
El detalle de los servicios disponibles para la suscripción se puede visualizar en la página “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gov.ar), dentro del Sistema ABC de Consultas y Respuestas Frecuentes, o directamente dentro de la opción “Mi Celular”.
C Servicio “Clave Telefónica”
Art. 4º — La “Clave Telefónica” es un código de identificación del usuario, que permite realizar consultas y gestiones telefónicas a través del Centro de Información Telefónica de la Administración Federal, obteniendo de esta manera información acorde a su perfil y características.
Art. 5º — Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.
Art. 6º — El servicio “SMS” se encontrará disponible para su utilización a partir del día 1 de marzo de 2008, inclusive. Asimismo, a partir de dicha fecha se habilitará la posibilidad de suscribirse a los servicios “Mi Celular” y “Clave Telefónica”.
No obstante, el servicio “Clave Telefónica” estará operativo para su utilización a partir del día 2 de mayo de 2008, inclusive.
Art. 7º — La presente resolución general tendrá vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 8º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.
ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 2416
SERVICIO “SMS”
FORMATO DE LOS “SMS”
-Para poder utilizar este servicio, se deberá remitir un mensaje de texto al número 2347 AFIP, con la siguiente estructura:
"NOMBRE_DEL_SERVICIO (por ejemplo: COTI) 20111111112 (CUIT/CUIL/CDI) INFORMACION (Datos optativos, puede contener más de un campo de información, en cuyo caso estarán separados por espacios. Esto variará dependiendo del servicio al que se desee acceder).
-Los datos del “SMS” a enviar deberán separarse mediante un espacio.
-La longitud total del mensaje no podrá exceder los CIENTO CUARENTA (140) caracteres.
-El número de Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) del solicitante, debe ingresarse sin guiones ni espacios entre los mismos.
SERVICIOS DISPONIBLES
Al día 1 de marzo de 2008 se encontrarán disponibles los siguientes servicios:
• “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI)
• Constancia de Inscripción / Opción Monotributo
• Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas —Resolución General Nº 2300 y su modificación—
• Consulta de Certificado de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.”
• Consulta de Certificado Fiscal para Contratar con la Administración Nacional
METODOLOGIA PARA LA REMISION DEL “SMS”
1. “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI)
Se podrá utilizar este servicio para tramitar el “Código de oferta de transferencia de inmuebles” (COTI).
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: COTI
-CUIT/CUIL/CDI del solicitante
-Información:
-Valor del inmueble (sin tipo de moneda, puntos, ni decimales)
-Datos del domicilio del inmueble (calle, número, piso, departamento)
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
COTI 20111111112 300000 LUIS M CAMPOS 2415 8º A CAPITAL FEDERAL
Este mensaje indica que la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del solicitante es 2011111111-2, el precio de venta del inmueble es de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-), el domicilio es LUIS M CAMPOS 2415 8º A y la localidad es Capital Federal.
Como consecuencia, y si la clave o código resulta correcto, se remitirá un “SMS” al usuario indicándole un número de trámite, e informándole que un operador del Centro de Información Telefónica se comunicará con él a efectos de concluir la tramitación del respectivo certificado.
2. Constancia de Inscripción/Opción Monotributo
Se podrá utilizar este servicio para consultar la Constancia de Inscripción/Opción – Monotributo.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: CUIT
-CUIT/CUIL/CDI
-Información: sin información adicional.
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
CUIT 20111111112
Este mensaje indica que desea obtener la constancia de la Clave Unica de Identificación Tributaria(C.U.I.T.) 20-11111111-2.
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave consultada registra o no inscripción ante la Administración Federal, y en caso afirmativo, en qué impuestos.
3. Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas Resolución General Nº 2300 y su modificación—
Podrá utilizarse este servicio para consultar si un contribuyente se encuentra inscripto en el citado “Registro”.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: GRANOS
-CUIT/CUIL/CDI
-Información: sin información adicional
-A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
GRANOS 20111111112
Este mensaje indica que desea consultar si la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) 20-11111111-2 se encuentra en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas.
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave consultada se encuentra en la Base del citado “Registro” y cuál es su situación.
4. Consulta de Certificado de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.”
Se podrá utilizar este servicio para verificar la validez y vigencia de los Certificados de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.”.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: CVDI
-CUIT/CUIL/CDI
-Información: sin información adicional
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
CVDI 20111111112
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave consultada posee un Certificado de Validación de Datos de Importadores “C.V.D.I.” vigente.
5. Consulta de Certificado Fiscal para Contratar con la Administración Nacional
Podrá utilizarse este servicio para verificar si al contribuyente o responsable se le ha otorgado el “Certificado Fiscal para Contratar”.
El “SMS” debe contener los siguientes datos (separados por espacios):
-Nombre del Servicio: CFC
-CUIT/CUIL/CDI del solicitante
-Información: sin información adicional
A modo de ejemplo, se describe un mensaje a enviar por “SMS”:
CFC 20111111112
En respuesta a la solicitud se remitirá un “SMS” al usuario informándole si la clave por la cual efectúa la consulta posee un “Certificado Fiscal para Contratar” vigente.
ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 2416
SERVICIO “Mi Celular”
Servicio “Mi Celular”
Se trata de un servicio mediante el cual el usuario puede registrar su teléfono celular para recibir alertas o información útil sobre determinados temas de su interés.
Metodología para la suscripción
La suscripción a este servicio debe realizarse ingresando con “Clave Fiscal” al sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gov.ar), conforme al procedimiento dispuesto por las Resoluciones Generales Nº 1345 y Nº 2239 y sus respectivas modificatorias y complementarias, para el servicio denominado “Mi Celular”.
Dentro del mismo el usuario deberá informar los siguientes datos:
a) Número de celular
b) Compañía telefónica a la que pertenece
c) Servicios que desea utilizar a través de esta metodología
Dentro del servicio con “Clave Fiscal”, el usuario podrá registrar más de un número de celular, ya sea para los mismos como para diferentes servicios.
En este supuesto, es decir, si registra más de un número telefónico, deberá indicar uno de ellos como “Titular”. Esta Administración Federal podrá considerar procedente remitir determinadas alertas a los usuarios registrados, en este caso, lo hará al número de celular registrado como titular.
El usuario de la “Clave Fiscal” podrá realizar modificaciones y bajas de los teléfonos y servicios seleccionados.
SERVICIO “Clave Telefónica”
Servicio “Clave Telefónica”
Al comunicarse el interesado con el Centro de Información Telefónica deberá marcar la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y su clave y de esta manera se estará autenticando, y como consecuencia, esta Administración Federal podrá individualizarlo y suministrarle la información acorde a su perfil y características.
Metodología de Obtención de la “Clave Telefónica”
Para solicitar la “Clave Telefónica”, se deberá ingresar mediante la utilización de la “Clave Fiscal”, obtenida conforme a las disposiciones de la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria, y optar por el servicio homónimo.
Al acceder al mismo y seleccionar la opción “Clave Telefónica”, el sistema le otorgará una clave compuesta por SEIS (6) números.
De tratarse de un usuario que actúa como representante de otros contribuyentes (Administrador de Relaciones —Artículo 8º de la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria—), el sistema otorgará una única “Clave Telefónica”.
Operatoria
Al comunicarse con el Centro de Información Telefónica, el interesado podrá indicar que posee “Clave Telefónica”, y el sistema solicitará que con el teclado telefónico indique su CUIT/CUIL/CDI y su “Clave Telefónica”.
Cuando el operador reciba ese llamado, contará con todos los datos del consultante y con todas las relaciones que posee asociadas, conforme a las disposiciones de la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria, de este modo se obtiene la autenticación del mismo, individualizándolo, pudiendo de esta manera suministrarle información más específica y acorde a su perfil.
Procedimiento en caso de extravío u olvido
La “Clave Telefónica” no tiene fecha de expiración.
En caso de extravío u olvido de la misma, para poder obtener una nueva, se deberá acceder a la página “web” de este Organismo (http://www.afip.gov.ar), mediante “Clave Fiscal” y acceder al servicio “Clave Telefónica”, otorgándosele una nueva contraseña.
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